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27 de abril 2024
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OpiniónJose Espinosa FelizJose Espinosa Feliz

Pagos de deudas y cubicaciones a contratistas

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Una de la noticia más atractiva para un profesional del sector de la construcción siempre será obtener una obra, comenzarla con todo el deseo de ver realidad la consumación del proyecto, pero también obtener los beneficios tanto deseados, y con ellos cambiar o estabilizar su situación económica. Algunos pasan por momentos muy difícil, debido a que logran avanzar la obra con recursos propios o prestados, y tienen que esperar un largo tiempo para verla finalizada, lo que se traduce en bajas ganancias, o en último caso, pérdidas.

No podemos negar que para algunos existen otras situaciones totalmente contrarias a las antes expresadas, por tanto, esas tristes historias no se asoman a su entorno. Es innegable la desesperación y la impotencia que causa en muchos profesionales haber realizado una obra, y que al final sus esfuerzos estén en veremos. Es una irresponsabilidad y un abuso someter a un contratista a una situación similar.

La cultura de las deudas por obras realizadas viene desde hace mucho tiempo. En el 1999 el congreso emitió la Ley 104-99 para la emisión de bonos soberanos, donde el presidente Leonel Fernández incluyó 2 mil millones para pago de deudas dejadas a contratistas por gobiernos anteriores. Más tarde, en el 2011 mediante la aprobación de la Ley 193-11 y modificada por la 121-12, también fueron incluidos para el pago de deudas por obras ejecutadas.

Muchos contratistas quedaron pendientes por cobrar, debido a que el tiempo para presentar y organizar los documentos no se lo permitió, otros porque estaban en proceso de cubicación, o no pudieron obtener las certificaciones solicitadas.

Estos profesionales, unidos a otros con obras más recientes no han podido obtener los pagos correspondientes. Lo mismo pasa, de manera insólita, con las deudas del minerd a contratistas que desde hace más de 4 años terminaron sus escuelas y aún no se le ha pagado, esto a pesar del 4%, dinero suficiente para cumplir con todos los compromisos.

Apropiaciones de fondos. Cumplimiento de la ley y decretos.

La ley 340-06 en art.38 establece que las instituciones están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios y que serán consistente con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio.

Mientras que en el reglamento 543-12, correspondiente a la misma ley, establece en el art. 4: “Para todos los procesos, exceptuando los casos de emergencia y seguridad nacional, será necesario contar con la Certificación de existencia de Fondos y cuota de compromiso, emitida por el Director Administrativo-Financiero o el Financiero de la Entidad Contratante, para la celebración del correspondiente contrato o el otorgamiento de una orden de compra o de servicios”.

Pero si esto fuera poco el 8 de febrero del 2017, el presidente Danilo Medina emitió el decreto 15-17, sobre Control del gasto y pagos a proveedores. En el art. 3 establece que: “los órganos y entes públicos sujetos a las instrucciones contenidas en este decreto no iniciarán procesos de compras o contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, ni de transferencias al sector privado, sin contar con el certificado de apropiación presupuestaria donde conste la existencia de balance que corresponda, por con el monto total del egreso previsto”.

Se requiere que el gobierno establezca la metodología para cumplir con las deudas reclamadas por los contratistas. Como hay herramientas de control establecidas, se debe tomar las medidas correspondientes para consolidar y hacer cumplir con la mencionada ley y los respectivos decretos, entonces quedaría bien cimentada una de las patas de la institucionalidad, y que a partir de ahora se inicie una nueva etapa, donde las deudas por construcciones de obras sean cosas del pasado.

Para esto es necesario una programación más precisa sobre los proyectos en las diferentes instituciones, y un análisis ponderado de las mismas, con el objetivo de evitar que los presupuestos sobrepasen por encima del 25%.

Por José Espinosa Feliz

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