RESUMEN
El pasado 16 de agosto se dio inicio a la nueva legislatura y con ella la posibilidad de que sea promulgada la reforma integral de la Ley núm. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
Durante años se han presentado y discutido propuestas, logrando incluso modificaciones para dar respuesta a necesidades puntuales de la población, estructura y gobernanza del Sistema, mejora de beneficios, amnistías de las cotizaciones, modificación a los esquemas de financiamiento del régimen contributivo, entre otras.
Sin embargo, siguen subsistiendo aspectos de gran interés que aún no se definen, lo que nos lleva a realizar los siguientes planteamientos:
1. La reforma debe tener como centro a la persona, es decir que su objetivo principal permita más protección a más personas todo el tiempo;
2. Aspectos neurálgicos como las reglas y el proceso de afiliación deben ser atendidos para que trabajadores independientes, autónomos, informales, emprendedores, entre otros que se dedican a nuevas modalidades de empleo (teletrabajo, temporales, móviles, ocasionales, plataformas, gig economy, co working, domésticos) puedan ser incorporados y se beneficien de las prestaciones, estableciendo esquemas flexibles con posibles incentivos;
. Las fuentes de financiamiento para los seguros de vejez, discapacidad, sobrevivencia, salud y riesgos laborales deben considerar parámetros que garanticen suficiencia y cobertura sostenible, previendo incluso bases de aportes diferenciados, aportes mínimos obligatorios y eliminación de topes de cotización. Estas medidas deben ser definidas de forma equilibrada, evitando desincentivos a la formalidad o castigo a los ingresos medios o altos;
4. Incorporar el elemento tecnología como herramienta indispensable para acercar a las personas al Sistema, incentivando el desarrollo de aplicaciones y plataformas amigables que permitan a los usuarios acceder y gestionar los servicios sin complicaciones y de forma oportuna, al tiempo de mejorar la transparencia y la eficiencia administrativa;
5. Factores demográficos como edad, sexo, ingreso deben ser tomados en consideración a la hora de evaluar las mejoras necesarias, mismas que deben responder a suficiencia, promoviendo bienestar colectivo e individual;
6. El Estado como garante final de la protección social debe igualmente redefinir los programas sociales y prestaciones mínimas en favor de la preservación de la calidad de vida y el acceso a atenciones oportunas ante cualquier riesgo y contingencia;
7. En términos de estructura de la norma, debería tomarse en cuenta que la seguridad social es un ente vivo, por lo que la Ley marco debe admitir un espacio flexible y participativo que permita a las autoridades públicas competentes tomar decisiones objetivas y necesarias en el momento en que el Sistema lo requiera.
El Sistema Dominicano de Seguridad Social durante 21 años ha dado respuesta a necesidades de nuestra población, pero su desarrollo es indetenible, por lo que nuestros legisladores y actores sociales, en apego a lo proscrito en nuestra Carta Magna, están llamados de forma constante y progresiva a seguir definiendo medidas justas que lo conviertan en un estamento universal, accesible y sostenible, en apego a reglas de gobernanza claras.
Por Leymi Lora Córdova,
Especialista en Seguridad Social
