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3 de enero 2026
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3 min de lectura Medio Ambiente

Festividades navideñas, contaminación sónica y sus consecuencias legales en RD

Son múltiples los escándalos por bullicio notificados a las autoridades en estos últimos días. (Fuente externa)
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El tema de la contaminación por ruido en República Dominicana ha sido abordado en diversos escenarios, sin embargo, es en esta época del año cuando más se recrudece.

Por esa razón, las autoridades reactivan las recomendaciones y recuerdan las consecuencias legales de esta práctica ruidosa, que puede afectar la salud y alterar la paz de la población.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera ruido cualquier tipo de sonido superior a los 65 decibeles durante el día y 55 decibeles durante la noche.

En esta línea, la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales es la que dispone las reglas y sanciones, relacionadas con la contaminación acústica.

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La violación de esta normativa jurídica puede costar hasta tres años de prisión, como advirtió este martes la Procuraduría General de la República.

En su artículo 114, la Ley 64-00 establece que “la emisión de ruidos y sonidos molestos que contaminen o dañen el medio ambiente, a través del sonido dispersado por el aire cerca de residenciales o en áreas urbanas es penado”.

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Prohíbe el alto volumen de la música a toda hora, por cuanto los decibeles adecuados durante el día son de 45 a 55 el máximo, y durante la noche disminuyen de 35 a 40.

Igualmente, asume la contaminación sónica como un atentado medioambiental, que ocurre a través de los ruidos emitidos por potentes equipos de música en espacios no concebidos ni preparados para estos fines.

La República Dominicana cuenta con otra regulación contra ruidos molestosos y nocivos, que emana desde la misma Constitución. Se trata de la Ley 287-04.

Dicha ley ordena áreas, horarios y límites de decibeles, tanto en zonas comerciales como residenciales. Además ofrece horarios para limitar la multiplicación del ruido.

Así, si la zona es residencial se permite la misma media de 60 decibeles; en horarios nocturnos (entre 9:00 pm y 7:00 am), solo se permitirán ruidos no mayores a 50 decibeles, con el objetivo de proteger el descanso de los ciudadanos.

De ahí la existencia de la Dirección Antirruidos de la Policía Nacional, creada mediante el decreto 10-12, para que se encargue de ejecutar acciones dirigidas a controlar y evitar los ruidos nocivos y molestos producidos por contaminación sonora.

Esta Dirección, por lo general, es la que recibe las denuncias de ciudadanos u organizaciones comunitarias. Una vez que acuden al centro de diversión, con un procurador fiscal, y en el caso de que en el lugar se encuentren con los decibeles en exceso, las bocinas son incautadas.

Entonces, al ocurrir esto, los equipos son enviados a Medio Ambiente, y allí proceden a colocar multas que van entre RD$3,000 y medio salario mínimo, dependiendo de la gravedad de la infracción.

En caso de violación, las sanciones pueden comprender la incautación de las bocinas y equipos de música, hasta el cierre de instalaciones.

Son múltiples los escándalos por bullicio notificados a las autoridades en estos últimos días.

Uno de ellos es el caso de una hastiada señora que, en el distrito municipal Hatillo, Hato Mayor, se vio en la obligación de acudir al destacamento porque todavía en la madrugada del pasado 25 de diciembre, era insoportable el ruido proveniente de un colmado, muy próximo a su residencia.

Peor fue la trifulca escenificada en el sector La Puerta Blanca, del municipio San Gregorio de Nigua, provincia San Cristóbal, donde luego de una denuncia, la Policía acudió y la labor terminó con un enfrentamiento a tiros entre los agentes y varios jóvenes que escuchaban música a todo volumen.

Estos dos ejemplos pudieran indicar que, al parecer, la ciudadanía no ha logrado sensibilizarse con esta situación.