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10 de mayo 2024
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Cámara Civil y Comercial falla a favor de ciudadano le robaron su vehículo en centro comercial de SD

Cámara Civil y Comercial falla a favor de ciudadano le robaron su vehículo en centro comercial de SD
Foto: Fuente externa.
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional condenó a un centro comercial al pago de RD$250 mil a favor de un ciudadano al que le robaron su vehículo de su parqueo, en el kilómetro 10 1/2 de la Autopista Duarte.

La sentencia número 037-2018 en contra de la Dominicana Hipermercados S. A. (Carrefour), favorece al señor Leónidas Ramírez Zabala, propietario de la camioneta marca Toyota Hilux, año 1988, azul, placa número L054970, la cual le fue sustraída a su hijo, Jhon Jansel Ramírez Fajardo, mayor de edad, mientras realizaba una compra en el referido establecimiento, en fecha 15 de abril de 2017.

La demanda fue interpuesta este año y la condena fue por daños y perjuicios ocasionados a Ramírez Zabala, quien como prueba del hecho presentó ticket de parqueo de entrada, vídeos de las cámaras de seguridad, el acta de la denuncia policial, entre otros documentos para avalar su reclamo.

El tribunal tomó como argumento que el referido establecimiento tiene la responsabilidad ante los clientes de proteger sus propiedades mientras estén en su plaza comercial.

“La oferta de un parqueo privado por parte de la Compañía Dominicana de Hipermercados S.A. (Carrefour), conlleva una obligación de seguridad por parte del demandado, ya que el sólo hecho de recibir vehículos en sus instalaciones de parqueo, obliga a éste a mantener condiciones de seguridad, los vehículos que se encuentran en su estacionamiento privado, mientras los usuarios de dicho centro comercial se encuentren en el mismo”, destaca parte de la sentencia emitida por la jueza Prícila Martínez Tineo.

Noticia relacionada: https://elnuevodiario.com.do/joven-denuncia-robo-de-su-vehiculo-en-plaza-comercial-carrefour-de-sd/

De acuerdo a los representantes de la defensa, los abogados Marcelino Aquino Pérez y Abrahán De La Cruz Zapata, en el país anteriormente  sólo se había condenado cuatro veces a centros comerciales por robos en sus vehículos en sus estacionamientos, por la que esta sería la quinta.

«En estos establecimientos comerciales suelen colocarse letreros que indican a sus clientes que estos no se hacen responsables de daños y robos a los vehículos dejados en sus parqueos», manifestó Abrahán De La Cruz Zapata, tras decir que esta sentencia establece nueva vez un precedente en favor de los más vulnerables.

Sobre los letreros que indican que los centros comerciales no se hacen responsables de los daños antes mencionados, la sentencia indica: “La Suprema Corte de Justicia, mediante Sentencia No. 124, de fecha 13 de marzo del año 2013, estableció lo siguiente: «Considerando, que, efectivamente, de los hechos comprobado por la corte a-qua y de las motivaciones contenidas en el fallo criticado, se desprende que el fundamento de la responsabilidad civil de las recurrentes tiene su origen en el incumplimiento ad de una obligación contractual asumida de manera espontánea, consensual y sin formalidad alguna, espacio en sus instalaciones, que consiste en el compromiso asumido por el establecimiento cuando ofrece un destinado al parqueo de los vehículos de sus clientes, habida cuenta de que dicho ofrecimiento, está motivado por la expectativa del consumo que realizarán los clientes y, lógicamente, carecería de eficacia, si no implicara la obligación de vigilancia que impidan su perturbación”.

Esta sentencia, además, señaló el abogado De La Cruz Zapata, adquirió el carácter de la cosa irrevocablemente juzgada.

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