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7 de enero 2026
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3 min de lectura Nacionales

(VIDEO) Yépez Suncar: Ley Electoral no prohíbe que miembros JCE pertenezcan a partidos políticos

Luis Yépez Suncar, abogado y catedrático.
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. El abogado y catedrático Luis Yépez Suncar dijo este lunes que la Ley núm. 15-19, de Régimen Electoral, no prevé ni contempla que para una persona poder ser presidente o miembro de la Junta Central Electoral (JCE) esta no deba pertenecer o ser miembro de un partido u organización política.

“Porque entonces se le está violando a ese ciudadano su sagrado derecho fundamental a la no discriminación, y sobre todo que todos somos iguales ante la ley, nadie puede ser discriminado”, aseveró el también dirigente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Igualmente, resaltó que donde el legislador y el constituyente no distinguen, entonces nadie puede distinguir.

Yépez Suncar emitió sus declaraciones durante una entrevista realizada por los periodistas Luis Brito y Enrique (Tuto) Mota, en el programa El Nuevo Diario AM, el cual se transmite por la plataforma digital de El Nuevo Diario TV.

https://youtu.be/fPsZdLWAWj8

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“Hoy República Dominicana vive un Estado social, democrático y derecho; entonces, por vía de consecuencia la Constitución de la República prevalece ante todo, hay lo que se denomina supremacía de la Constitución”, manifestó.

Asimismo, indicó que toda actuación y acto tienen que respetar los cánones establecidos en la Constitución de la República, la cual establece cuáles son los requisitos para que una persona pueda aspirar y forme parte de la Junta Central Electoral (JCE).

En ese orden, Yépez Suncar puntualizó los requisitos necesarios para ser el titular o miembro del órgano electoral, los cuales indican que debe ser abogado y tener 35 años de edad.

En tanto, para el resto de los miembros que conforman el pleno la Junta Central Electoral, subrayó que estos deben ser abogados y tener desde 30 años en adelante, cuyas profesiones abarquen la informática o la administración.

Tildó de “control negativo” la medida que se busca aplicar a los aspirantes a la presidencia de la Junta Central Electoral, lo cual consideró como equivocado, y que se debe realizar una valoración positiva de la trayectoria de esa persona.

“Su trayectoria es la que hablará, en el sentido de si es una persona íntegra, capaz, honesta, y que no se va a prestar desde el cargo a ningún tipo de tratativas fuera del marco de la ley y la Constitución”, afirmó.

Ssostuvo que el tema de la independencia es algo relativo, ya que hay que ver si solo se es independiente cuando no se milita en algún partido u organización política.

“Hay personas que alegadamente no pertenecen, pero tienen más compromisos empresariales, económicos, y sobre todo que incluso se desconocen, por ser actividades de las cuales depende que sean de conocimiento público”, subrayó.

El abogado planteó que toda persona que posea los requisitos establecidos en la Constitución y la Ley Electoral, entonces podrá ser miembro de la Junta Central Electoral.