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23 de marzo 2026
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2 min de lectura Toga

(VIDEO) Trasladan regidor implicado en narcotráfico al Palacio de Justicia de SPM

Asegura ser inocente de todo lo que se le acusa

Walky Cuevas, regidor acusado de narcotráfico en SPM GIF: El Nuevo Diario
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RESUMEN

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EL NUEVO DIARIO, SAN PEDRO DE MACORÍS.- Miembros de la Policía Nacional trasladaron la mañana de este viernes al regidor Walky Cuevas al Palacio de Justicia de San Pedro de Macorís tras ser acusado, junto a su esposa, de participar en la red de narcotráfico y lavado de activos liderada por el acusado Yúnior Santos Restrepo.

«Soy inocente de todo lo que se me acusa, confío en la justicia y confío en Dios, yo soy inocente», manifestó al ser abordado por la prensa mientras entraba a la Oficina de Atención Permanente del citado distrito judicial, donde se tiene previsto conocer la medida de coerción solicitada por el Ministerio Público.

El órgano de justicia solicitó al tribunal la imposición de ocho meses de prisión preventiva para Cuevas Charles y Pamela Violeta Astacio, así como la declaratoria de complejidad en el proceso.

Se infirmó que el arresto de Cuevas Charles y de Astacio, el pasado 3 de septiembre, es parte de la continuación de la investigación realizada de manera conjunta por el Ministerio Público, la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y la Drug Enforcement Administration (DEA) de los Estados Unidos. En una primera fase, fue arrestado Santos Restrepo, junto a varios de sus cómplices en esta organización criminal.

De acuerdo con lo comunicado, la red opera en las regiones Este y Sur del país, introduciendo altas cantidades de drogas y sustancias controladas por las costas de San Pedro de Macorís y Barahona, y posteriormente enviándolas a Estados Unidos y Europa.

El MP dio al caso la calificación jurídica provisional por la participación en un grupo de crimen organizado, lo cual está tipificado y sancionado en el artículo 4, letra E; 5-A, 6-A, 7, 75, párrafo II; y 85, letras a, b y c, de la Ley 50-88 sobre drogas y sustancias controladas, en la categoría de traficantes.

Así como en el artículo 2, numeral 26; 3, numerales 1, 2 y 3; artículo 4, numerales 7 y 9; y el artículo 9, numerales 1 y 2 de la Ley 155-17, que tipifica y sanciona el tipo penal de lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.