RESUMEN
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El abogado y extitular de la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción, Hotoniel Bonilla, aseguró este jueves que los procuradores generales de la República en los períodos 2012-2016 y 2016-2020, cuando estaban al frente del organismo Francisco Domínguez Brito y Jean Alain Rodríguez, respectivamente, distorsionaron la función de esa institución y la usaron con fines políticos.
“Ese es el peligro de llevar aspirantes a cargos como estos y ya sabemos la triste historia del último procurador, que ahora ha salido a relucir que tenía pretensiones presidenciales, fíjense como se distorsiona la institución, como se ve presuntamente un interés de tener el control del ejercicio de la punición, se hace con fines políticos y lo hizo el procurador 2012-.2016 y lo hizo ya más destempladamente el procurador 2016-2020”, expresó.
Bonilla fue entrevistado por los periodistas Rafael Zapata, Julia Muñiz y Glenn Davis Felipe, en el programa “El Nuevo Diario AM”, transmitido por la plataforma digital El Nuevo Diario TV.
(Ver entrevista).
Consideró que en los períodos citados no estuvo de manifiesto la dinámica de autonomía relacionada con la independencia de acción de los integrantes del Ministerio Público como sería actualmente y en otros tiempos.
Indicó que con la Constitución del 2010 y las normas de la Ley Orgánica del Ministerio Público se procuró que el titular de la Procuraduría y los representantes de las agencias de la misma actuaran con autonomía.
Extinción de Dominio
Al hablar del proyecto de ley de extinción de dominio, el abogado consideró que la iniciativa se ha usado con fines políticos porque se dice que el propósito fundamental aquí es recuperar lo presuntamente robado, mas aseguró que para hacer esto no se necesita una nueva ley.
“La ley 311-14 de Declaración Jurada de Bienes en su artículo 17 prevé una figura similar que ciertamente está atada al proceso penal, pero nada impide en que el Estado, a través de los mecanismos que tiene, incluso tiene una corporación de abogados, persiga y recupere lo presuntamente robado al patrimonio público”, expresó.
En ese orden, señaló que en el caso Medusa el Ministerio Público ha dicho que ha recuperado alrededor de 800 millones de pesos, lo que confirma que la norma permite recuperar bienes que hayan sido sustraídos ilícitamente.
Caso Medusa
Bonilla consideró que, el que las informaciones sobre las acusaciones que hace el Ministerio Público en el caso Medusa circulen en las redes sociales y los medios de comunicación es algo que ve bien como un ejercicio de la democracia, sin embargo, dijo siempre debe guardarse el debido respeto de la presunción de inocencia de los implicados.
“Estando empoderado un Tribunal de la República hacer cualquier otro juicio de valor más allá de los hechos que se conocen creo que no es adecuado, el Ministerio Público presentará las pruebas en las que dice que descansa esta acusación y la defensa como constitucionalmente está consagrado hará valer sus medios, así funciona el sistema”, expuso.
Además, precisó que el Código Procesal Penal, en lo atinente a la regulación de los procesos complejos, como es el del caso Medusa, tiene unas reglas especiales y le da atribuciones y facultades al Ministerio Público para arribar a acuerdos procesales con cualquiera de los imputados.
“Si la colaboración del imputado sirve para revelar o para impedir la comisión de hechos más graves, puede serle otorgado un principio de oportunidad, pero este principio tiene como condición que debe ser adoptado mediado una resolución judicial”, agregó.




