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22 de diciembre 2025
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(VIDEO) Candidatos a diputados piden renuncia de Iris Guaba como directora del Plan Social

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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- Los candidatos a diputados por las circunscripciones 1 y 2 del Distrito Nacional por el partido Alianza País, José Horacio Rodríguez y Eric Ortiz, respectivamente, pidieron este lunes la renuncia de la directora del Plan Social de la Presidencia (PASP), Iris Guaba.

A través de un comunicado, los jóvenes aspirantes sostuvieron que Guaba “carece de autoridad moral y credibilidad, para seguir al frente de dicha institución productos de las recientes acciones que han llegado hasta los medios de comunicación sobre su gestión”.

Los candidatos instaron a Guaba a que “si le queda en su persona respeto por nuestras leyes, por los recursos públicos y el bien común, renuncie de forma inmediata a su puesto de Directora del Plan Social de la Presidencia”.

En el comunicado, tanto Rodríguez como Ortiz reprocharon el comportamiento de Iris Guaba al llamar al linchamiento público de periodistas y figuras de la oposición.

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Señalaron que  “deja mucho que desear de una funcionaria pública que tiene en sus manos un programa de asistencia social tan importante para los sectores más vulnerables del país, es por lo que reiteraron su propuesta de que renuncie de forma inmediata a su puesto como directora del Plan Social de la Presidencia”.

La querella de los aspirantes políticos, se suman a la de varios miembors del Partido Revolucionario Moderno (PRM), que la semana pasada solicitaron a la Junta Central Electoral (JCE) y ordenar la suspensión de los procesos de compras y contrataciones que realiza el PASP por más de 946 millones de pesos «para la donación de electrodomésticos, materiales de construcción y alimentos».

En tanto que Guaba rechazó que dicha licitación responda a intereses electorales oficialistas, asegurando que ese proceso es parte de las ejecutorias normales que realiza el organismo a principios de cada año.

La funcionaria señaló, además, que esas funciones no están condicionadas ni restringidas por las limitaciones establecidas por la ley orgánica de régimen electoral o en sus disposiciones establecidas en su artículo 196, relativo a la publicidad de los actos de Gobierno.

Dijo que el párrafo II del articulo 196 expresa que, «se excluyen de esta prohibición los programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos habituales que estén contemplados en la planificación regular del Estado los cuales podrán desarrollarse conforme dicha planificación. No podrán ser aumentados ni los beneficiarios ni los montos asignados a estos».