“Bien sabemos que el desplazamiento de un dictador no se hace con estricto apego a la legalidad”. La frase, repetida con insistencia en estos días, refleja una verdad empírica: los regímenes autoritarios rara vez colapsan por mecanismos jurídicos pulcros. Sin embargo, reconocer esa realidad no equivale a abdicar del Derecho. En política internacional, como en el Derecho público, la tragedia no crea competencia, ni el sufrimiento confiere potestades excepcionales a terceros Estados para sustituir el orden jurídico por la fuerza.
Nadie serio puede negar la magnitud del drama venezolano. Millones de personas desplazadas, persecución política, cierre del espacio cívico, instrumentalización del aparato judicial y una emergencia humanitaria prolongada configuran un cuadro de ilegitimidad profunda. El gobierno venezolano ha erosionado los fundamentos democráticos y ha incumplido de forma sistemática sus obligaciones en materia de derechos humanos. Ese diagnóstico no solo es válido: es indispensable como punto de partida.
Pero el error —grave— comienza cuando ese sufrimiento se transforma en argumento habilitante para la intervención armada directa de una potencia extranjera. El Derecho Internacional no opera bajo una lógica emocional ni compensatoria. Fue diseñado, precisamente, para impedir que los Estados más poderosos decidan unilateralmente cuándo una tragedia justifica el uso de la fuerza. Si la indignación moral bastara para autorizar incursiones militares, el sistema jurídico internacional colapsaría en favor de la ley del más fuerte.
Uno de los ejes del discurso justificativo sostiene que un “pueblo indefenso” no puede derrotar por sí solo a un régimen armado, y que, por tanto, la acción externa se vuelve necesaria. Este argumento confunde compasión con competencia. El hecho de que un pueblo esté oprimido no convierte automáticamente a terceros Estados en guardianes armados de su destino político. La diferencia entre apoyo indirecto a procesos de democratización y la sustitución violenta del poder político por fuerzas extranjeras es esencial.
En términos jurídicos, las excepciones a la prohibición del uso de la fuerza son limitadas y taxativas: autorización expresa del Consejo de Seguridad, legítima defensa frente a un ataque armado actual e inmediato y —en un debate aún no pacífico— ciertas hipótesis extremas de intervención humanitaria. Fuera de ese marco, la intervención armada constituye un hecho internacionalmente ilícito, aun cuando el régimen intervenido sea autoritario y aun cuando sus crímenes sean moralmente repudiables.
Otro argumento recurrente sostiene que los efectos del régimen venezolano trascienden sus fronteras, afectando a otros países mediante actividades criminales. Incluso si tales afirmaciones fueran plenamente probadas, el Derecho Internacional no autoriza capturas extraterritoriales de jefes de Estado ni operaciones militares unilaterales como mecanismo ordinario de persecución penal. Para ello existen la cooperación judicial y los mecanismos multilaterales, precisamente para evitar la justicia por mano propia entre Estados.
El verdadero peligro no reside solo en el acto, sino en el precedente. Normalizar que una potencia derroque por la fuerza a un gobierno ilegítimo abre la puerta a que mañana otros Estados invoquen razones similares —menos nobles o abiertamente cínicas— para intervenir donde convenga a sus intereses. El Derecho Internacional no protege dictadores; protege a los pueblos frente a la arbitrariedad, interna y externa.
Para América Latina y el Caribe, esta discusión es especialmente sensible. La región conoce demasiado bien las consecuencias de las “intervenciones salvadoras” que prometieron orden, libertad o estabilidad y terminaron dejando dependencia, polarización y debilitamiento institucional. La erosión del principio de no intervención no fortalece a los pueblos: los deja más expuestos en un sistema internacional crecientemente asimétrico.
La conclusión es incómoda, pero necesaria. Sí, el régimen venezolano es ilegítimo y debe responder por violaciones graves a derechos humanos. Pero no, esa realidad no autoriza a ningún Estado a sustituir el Derecho Internacional por la fuerza militar. Defender la dignidad humana exige algo más exigente que la indignación: exige preservar las reglas que impiden que el mundo regrese a una política internacional regida por la imposición y no por el Derecho.
Por José Manuel Jerez
