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19 de diciembre 2025
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¿Qué puedo ver?OpiniónRONNIE ALBERTO GOMEZ MARLONRONNIE ALBERTO GOMEZ MARLON

Salud Mental: La Gran Olvidada del Sistema de Salud

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Hace unas semanas, en una conversación con mi amigo Félix Nova, me mencionó la Ley 12-06 sobre Salud Mental. Con toda honestidad, no tenía idea de que esa ley existía. Me sorprendió, porque como ciudadano preocupado por los temas sociales y estudiante de Derecho, creo que una legislación que protege los derechos de las personas con condiciones de salud mental no debería ser un secreto de Estado. Por eso decidí leerla. Lo que encontré me dejó con una mezcla de asombro y preocupación: asombro por lo desfasada que está, y preocupación  por lo invisible que ha sido para la sociedad.

La Ley 12-06 fue promulgada en 2006, con la promesa de garantizar el acceso a servicios dignos y el respeto a la dignidad de quienes padecen trastornos mentales. Pero casi dos décadas después, esa promesa sigue sin cumplirse. No por falta de texto, sino por falta de aplicación, actualización y, sobre todo, voluntad política.

La ley existe, sí. Pero ¿de qué sirve una ley si nadie la conoce, nadie la enseña, nadie la exige y el Estado no la ejecuta?

En República Dominicana, hablar de salud mental sigue siendo incómodo. La ansiedad, la depresión, los ataques de pánico y otros trastornos son tratados como asuntos personales, privados, vergonzosos. Muchos ciudadanos ni siquiera saben que tienen derecho a recibir atención en salud mental sin ser discriminados, medicados a la fuerza o internados arbitrariamente. Y eso no es casualidad: el Estado nunca se ha tomado en serio la tarea de socializar esta ley.

Desde el punto de vista jurídico, la Ley 12-06 no solo está olvidada, también está desfasada. Por ejemplo, el artículo 5 habla del derecho al consentimiento informado, pero en la práctica, no existen protocolos institucionales para garantizarlo. El artículo 9 menciona la importancia de la atención comunitaria, pero toda la estructura está centrada en hospitales psiquiátricos sin presencia en los barrios.

Y aunque la ley menciona la no discriminación, no contempla la inclusión educativa, laboral ni el acceso equitativo a terapias. Además, fue promulgada antes de que República Dominicana ratificara la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), en 2009, por lo que ignora el estándar internacional de derechos humanos que exige la vida independiente y la inclusión plena en la sociedad. Mientras otros países ya reformaron sus leyes para ajustarlas a esta realidad, nosotros seguimos atados a un modelo que, en muchos aspectos, pertenece al siglo pasado.

Por ejemplo, Argentina reformó su Ley Nacional de Salud Mental (Ley 26.657) en 2010 para prohibir internamientos prolongados sin orden judicial y promover el cierre progresivo de hospitales psiquiátricos. En Colombia, la Ley 1616 de 2013 reconoce la salud mental como derecho fundamental y exige atención desde el primer nivel. Y en España, comunidades como Cataluña priorizan la atención ambulatoria y la integración del paciente en la comunidad, con campañas públicas permanentes. Aquí seguimos operando con una ley que no refleja ni nuestras necesidades ni nuestras obligaciones internacionales.

La situación es más grave si miramos el sistema de salud pública. Los centros de atención primaria carecen de psicólogos. Las ARS limitan las sesiones de terapia a números ridículos. Los hospitales psiquiátricos están sobrepoblados. No hay campañas de prevención ni de información. Y el resultado es una sociedad emocionalmente enferma, que no sabe cómo pedir ayuda y a la que el Estado no le da respuestas.

Lo que necesitamos no es una reforma simbólica, sino una transformación funcional y realista de la ley, que ponga a la persona en el centro del sistema sin promesas imposibles ni redacciones vacías. La Ley 12-06 debe modernizarse para establecer medidas concretas como: ampliar progresivamente la cobertura de salud mental en las ARS con un número razonable de sesiones al año, y reactivar la publicidad para la línea telefónica nacional de asistencia emocional las 24 horas. Además, el Ministerio de Salud Pública debe coordinar campañas básicas de orientación en medios tradicionales y digitales, para todos los dominicanos. Finalmente, se necesita una unidad dentro del propio Ministerio —no un consejo fantasioso— que supervise y publique informes anuales de cumplimiento, con metas medibles, presupuesto asignado y sanciones para los centros que violen los derechos de los pacientes. La reforma debe ser posible, fiscalizable y con impacto directo.

Una simple conversación me llevó a descubrir una deuda pendiente de nuestro país con miles de ciudadanos que hoy sufren en silencio.

Porque sí, la Ley 12-06 existe. Pero si nadie la siente, si nadie la aplica, si nadie la defiende, entonces no pasa de ser una ley invisible.

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