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11 de diciembre 2025
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TSE rechaza solicitud imposición medida cautelar contra Partido Humanista Dominicano

La demanda fue interpuesta el 20 de noviembre de 2025 por Eléxido Paula y Julián Burgos Bonilla contra la asamblea celebrada el 9 de noviembre de 2025

Fachada del Tribunal Superior Electoral (Foto: Prensa TSE)
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la solicitud de imposición de medida cautelar al Partido Humanista Dominicano (PHD) y ha fijado para el 16 de diciembre el conocimiento del fondo de la demanda en impugnación de la asamblea celebrada el 9 de noviembre de 2025, según lo informado por el Comité Ejecutivo Nacional del PHD.

La decisión fue adoptada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente, junto con los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García.

La solicitud de medida cautelar, presentada por Eléxido Paula y Julián Burgos Bonilla, buscaba la suspensión inmediata de los efectos del acta y las decisiones adoptadas durante la reunión del 9 de noviembre de 2025.

El rechazo se fundamenta en la no configuración de los presupuestos establecidos en el artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, tal como indica la decisión del TSE. Este artículo se refiere a los presupuestos para otorgar medidas cautelares, detallando los criterios necesarios para su aplicación.

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La demanda fue interpuesta el 20 de noviembre de 2025 por Paula y Burgos Bonilla en contra de la asamblea celebrada por el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Humanista Dominicano (PHD).

Respecto al fondo del proceso, el Tribunal acogió la solicitud de la parte impugnada relativa al aplazamiento de la audiencia, y ordenó una comunicación recíproca de documentos en relación con la parte principal del expediente, fijando el conocimiento del fondo del proceso para el martes 16 del año en curso.

La Alta Corte indicó que la Ordenanza sea notificada a las partes, vía Secretaría, y publicada en el portal institucional del Tribunal Superior Electoral y en el Boletín Contencioso Electoral, para los fines correspondientes.

 

 

JSB/