RESUMEN
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. -El Tribunal Constitucional ordenó al Instituto Agrario Dominicano (IAD) reintegrar a dos parceleros de la reforma agraria quienes habían sido retirados de sus parcelas con vocación agrícola, las cuales ocupaban desde el 24 de noviembre del 2003 en la provincia Monte Plata.
Mediante la Sentencia Constitucional No. TC/0512/19 la alta corte en materia de amparo, procedió a ordenar al IAD la reintegración de los derechos parcelarios sobre las parcelas núm. 79 y 80, correspondiente a la parcela catastral 2-Pte del D.C núm.18 del Sito Chirino, provincia Monte Plata.
Dicha decisión constitucional a su vez revocó la Sentencia No. 0030-04-2018-SSEN-00281, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, la cual había declarado inadmisible la Acción de Amparo incoada por los señores Estanislao De Los Santos y Eleno De Jesús Fernández, por intermedio de sus abogados Alejandro Alberto Paulino Vallejo y Melvin Velásquez Then.
La sentencia constitucional previamente citada fijó contra el Instituto Agrario Dominicano un Astreinte de RD$5,000.00 diarios a favor de los señores Estanislao de los Santos y Eleno de Jesús Fernández en caso de que el IAD proceda a desacatarla.




