EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) anunció este viernes la suspensión de los cómputos y plazos para la realización de cualesquiera actuaciones procesales de personas, partes en proceso o con vocación de serlo ante esta alta corte, mientras dure la vigencia del estado de emergencia por el brote del coronavirus COVID-19 en el país.
Sin embargo, anunció que ofrecerá servicios de 8:00 de la mañana a 2:00 de la tarde.
El TC en su resolución 00020-20 establece la suspensión de los plazos ante el Tribunal hasta que dure el estado de Emergencia, también decidió: SEGUNDO: DISPONER que sin perjuicio de la suspensión del cómputo de los plazos, podrán seguir presentándose recursos de conformidad con la tramitación ordinaria establecida en la Ley núm. 137-11 y el Reglamento Jurisdiccional del Tribunal Constitucional; y podrán seguir depositándose las instancias relativas a acciones directas de inconstitucionalidad, control preventivo de tratados internacionales y conflictos de competencia, así como los escritos concernientes a
la Resolución TC/0002/20, que establece la suspensión.
TERCERO: DISPONER que la suspensión del cómputo de los plazos procesales tiene efecto inmediato y la reanudación tendrá lugar tres (3) días hábiles después de haber cesado el estado de emergencia.
Sus considerandos expresan/ Por CUANTO: La situación descrita amerita que se adopten medidas que permitan tanto el resguardo de los plazos y derechos procesales de personas, partes en proceso o con vocación de serlo, al tiempo de minimizar el contacto de personas que pueda servir de vehículo de propagación del coronavirus COVID-19.
No obstante, el Tribunal Constitucional, también decide que mientras se mantenga el estado de emergencia, se encuentre operando con un personal mínimo y a mínima capacidad durante el referido horario, a fin de garantizar un servicio para atender casos que por su naturaleza su conocimiento no deba suspenderse.