RESUMEN
Vivimos en una sociedad democrática. Es una afirmación que suele hacer el ciudadano común para indicar que puede ejercer ciertos derechos, especialmente referentes a la libertad de expresión, de tránsito o de igualdad. Pero ¿qué es la democracia? Democracia quiere decir “poder popular”. De ser así, las democracias deberían ser sistemas y regímenes políticos donde el pueblo es el que manda.[1] La Constitución señala en su art. 7 que la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, con lo cual convengamos que nuestra forma de gobierno es democracia y donde el poder debe ser ejercido por el pueblo, pero de los mecanismos de participación legítimamente señalados por la Ley de Leyes.
¿Quién garantiza el ejercicio pulcro de la democracia en nuestro país? Los jueces. Actualmente existen 17 jueces en la Suprema Corte de Justicia,[2] 13 en el Tribunal Constitucional,[3] 5 en el Tribunal Superior Electoral[4] y 668 jueces que integran el Poder Judicial desde jueces de paz hasta jueces de Corte de Apelación y sus equivalentes a nivel nacional. En total, son 703 jueces dentro de un aproximado de 10,760,028 habitantes según el X Censo Nacional de Población y Vivienda de la Oficina Nacional de Estadística (ONE). Es decir, los jueces en el país representan un sector minoritario de servidores públicos y que para poder acceder a esos cargos se requiere haber superado concursos de oposición y competencia.
Ser juez no es un trabajo, es una vocación de servir. En una sociedad donde el concepto “vocación de servicio” ha sido tan manipulado que ha perdido su valor, los que conocen la judicatura de carrera por dentro coincidirán que quien toma ese camino no lo hace por las “mieles del poder”, sino por una vocación que exige un estilo de vida totalmente distinto al de un funcionario común de otra demarcación del gobierno. Ser juez implica dedicar años de estudio, compromiso y disciplina para poseer las competencias y el capital humano necesario para desempeñar una función tan demandante y exigente como esta.
Pero el rol del juez no es de un súper héroe, ni de un Robin Hood moderno. Al contrario, su rol es aplicar la ley justa frente a cada circunstancia sin importar a quién beneficia, pues el impero de norma es quien gobierna su accionar. Que el juez no sea designado a través del sufragio directo no significa que tenga más libertades ni menos responsabilidades que el resto de los funcionarios; antes bien debe servir de control o contrapeso al ejercicio de estos poderes estatales y aún de los poderes fácticos de orden privado.
El juez tiene legitimidad democrática porque cuando actúa, no es su voluntad la que se impone, sino la voluntad general; es decir, la voluntad de los ciudadanos a través de sus representantes objetivada en la ley.
El juez no tiene voluntad propia, sino que es el portador de una voluntad ajena, de la voluntad general, de la ley. La sumisión a la ley es la forma en que constitucionalmente se hace realidad el principio de legitimación democrática del Poder Judicial[5]. Todo juez es constitucional, en la medida que al momento de tomar una decisión debe siempre primero pasar la ley aplicable por el tamiz de la Constitución, y sí aquella resulta ser una ley injusta, debe entonces extirparla de forma tal que haga valer la declaración del profesor Gustavo Zagrebelsky: la Constitución no debe ser solo tinta esparcida sobre papel.
Ser juez es una de las tareas más difíciles y de mayor responsabilidad de un ser humano. Es difícil, porque un juez tiene en sus manos el destino de una persona y de ahí proviene también la pesada responsabilidad. El juez tiene que ser imparcial, pero la imparcialidad se sostiene también en el equilibrio de los valores envueltos. Un valor, la libertad del imputado y otro valor de igual o mayor peso, la preservación de la sociedad. El juez que no pese bien esos valores no es verdaderamente juez[6].
El rol de un juez no es simplemente dictar sentencia, sino garantizar la ejecución de lo juzgado. Como profesor de varias generaciones de abogados y de jueces estoy convencido que de nada sirve dictar sentencia, si no se cumple, no se ejecuta, porque entonces el conflicto no se habrá resuelto; pero además creará una desconfianza en la justicia. Los jueces trabajan en la función judicial, pero lo que hacen no debe verse como un simple trabajo. El juez que no humaniza los procesos, que solo ve los expedientes como una pila de papeles que debe responder para “resolver el conflicto” sin reparar en que ese expediente es la vida, la libertad o el patrimonio de un ser humano, no merece ser juez.
El autor es Juez del Tribunal Superior de Tierras, Departamento Este.
Docente Derecho Administrativo y Tributario en PUCMM y CAPGEFI del Ministerio de Hacienda.
Magíster en Derecho de la Administración del Estado, de la USAL, y Magíster en Derecho Tributario y Procesal Tributario. de la UASD. Doctorando en Derecho y Sociedad, Universidad UDIMA
[1][1] Sartori, Giovanni. ¿Qué es la democracia? 1ra. edición, editorial Taurus, Madrid, España.
[2] Después de la reforma contenida en la ley No. 242-11, fue elevado de 16 a 17 jueces, de forma que 1 juez quede sin funciones jurisdiccionales para ejercer funciones administrativas (especialmente en el Consejo del Poder Judicial).
[3] Véase art. 10 de la ley No. 137-11, orgánica del Tribunal Constitucional y Procedimientos Constitucionales
[4] Véase art. 5 de la ley No. 29-11, del Tribunal Superior Electoral
[5] Pérez Royo, Javier; Carrasco Durán, Manuel. Curso de Derecho Constitucional. 16ta. Edición, Marcial Pons. Madrid, España.
[6] Diario Libre. Ser Juez. Editorial, recuperado de: https://www.diariolibre.com/opinion/editorial/ser-juez-CL3184361 (Consultado en fecha 22 de agosto, 2023)
Por Argenis García del Rosario
