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23 de diciembre 2025
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El Senado convierte en ley proyecto sobre actas del estado civil; se podrá invertir los apellidos

Congreso Nacional. (Fuente externa)
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Senado aprobó este jueves y convirtió en ley el proyecto sobre actas del estado civil, una iniciativa que modifica la pieza que data del 1944.

La aprobación de los senadores acoge alrededor de 10 modificaciones que hicieron los diputados al proyecto, entre las que destaca la posibilidad de cambiar el orden de los apellidos cuando una persona cumpla la mayoría de edad.

Antes de ser autorizada esta modificación, fue producto de amplios debates en la Cámara de Diputadas porque algunos legisladores la consideraban «innecesaria» y lesiva para la integridad familiar.

La iniciativa que convirtió en ley la Cámara Alta es autoría del senador Dionis Sánchez, quien habló en el hemiciclo resaltando aspectos como el cambio de orden de apellidos, la ampliación de las jurisdicciones para los nacimientos y fallecimientos y las pruebas de paternidad cuando haya dudas en ese sentido.

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Por tanto, el senador por Pedernales pidió a sus colegas que voten a favor de la pieza ya que la Junta Central Electoral (JCE) lo considera como «trascendental» para modernizar los registros que ya maneja la institución comicial.

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Otros temas que destacan en la nueva ley son las garantías personales de la identidad, una nueva regulación para los matrimonios, la cesión voluntaria de los apellidos y los avances tecnológicos para todos los registros civiles.

El objetivo puntual de la ley es establecer las disposiciones que rigen las actuaciones y efectos del Sistema Nacional de Registro del Estado Civil y los requerimientos para la obtención de los servicios ciudadanos relativos a los actos del Estado Civil.

El mismo proyecto define los actos del estado civil como todo hecho con efecto jurídico que influye directamente en el estado civil de la persona, siempre que sea registrado o transcrito por ante la Oficialía de Estado Civil.

La nueva ley crea el sistema nacional de registros civiles que sería el conjunto de recursos, mecanismos y provisión de servicios tendentes a garantizar el registro, control y archivo de los hechos vitales y actos del estado civil de las personas.