RESUMEN
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- Aunque no se aprobó todo lo recomendado por la Junta Central Electoral (JCE), esta institución democrática y legítima va a respetar la nueva Ley Orgánica de Régimen Electoral sancionada recientemente por el Congreso Nacional, mientras el cronograma electoral sigue igual a pesar de esa flamante normativa.
Esto lo afirma el presidente de la JCE, Román Andrés Jáquez, en entrevista para la plataforma El Nuevo Diario Podcast. Como celoso guardián de la democracia, la JCE «no va a desatacar sentencias» y por eso respetará la nueva Ley 20-23 que solo impacta al Régimen Electoral. El régimen interno de los partidos no fue tocado: la Ley de Movimientos, Agrupaciones y Partidos sigue siendo la misma.
Jáquez lo dice antes de apuntar que el Régimen Electoral aclara, establece ahora que las decisiones de la JCE deben ser impugnadas en el Tribunal Superior Electoral (TSE), y que solo las decisiones administrativas pueden ser recurridas ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA). Una instancia es para lo administrativo y otra para lo conflictivo.
Así, un acto administrativo ordinario de la JCE (licitación, desvinculación de un empleado, etc.) se impugna en el TSA, mientras el TSE se encarga de conocer los aspectos político-electorales (la distribución de los fondos, el orden de las boletas, etc.). Esto «transparenta el proceso».

Antes de acudir al TSE, los afectados pueden someter en la JCE un recurso de reconsideración, y si no quedan conformes pueden acudir a ese tribunal.
Tan pronto discurran los comicios venideros, lo que no se refrendó ahora tendrá que ser debatido para su aprobación y posterior aplicación en las remotas elecciones de 2028. Lo mismo deberá hacerse con la perfectible Ley de Movimientos, Agrupaciones y Partidos Políticos. Por el momenot, la JCE solo tiene que aplicar la ley y la Constitución.
Los topes y otros incordios
El funcionario aprecia el triunfo parcial obtenido con la nueva legislación, que deberá ser aplicada en el 2024. Falta mucho por aprobarse. Hay muchas cosas pendientes.
Uno de esos puntos pendientes es el candente tema de los topes de gastos en campaña. La JCE propuso una reducción de esos topes, pero esa propuesta no fue acogida y los topes se quedaron iguales.

Sin embargo, se creó un régimen que sancionará a los candidatos que se excedan del 5 por ciento de gastos estipulado en la ley. Esos candidatos podrán recibir una multa equivalente a tres veces el monto excedido: si se pasan con un millón, deberán pagar tres.
Se trata, en realidad, de una pena cuantitativa, de un castigo monetario: la sanción solo se paga con la redención del dinero. El tope es de 100 pesos por cada votante.
Según Jáquez, «no es una sanción que impacta en la habilitación o no de su candidatura, pero manda un mensaje porque es una decisión de la JCE y aquel que se exceda va a entrar en una competencia desleal».
Él está consciente de que mientras crezca el padrón, se agigantará también el tope de gastos. Por eso se está preparando una resolución para regular la presentación de informes de los candidatos. El que no presente ese informe, tendrá consecuencias. Óiganlo bien: a la Junta no le temblará el pulso para aplicar el castigo de ley.

Mientras llega la resolución, el organismo electoral tiene una dirección encargada de fiscalizar los fondos públicos que otorga el Estado a los partidos. Empero no se trata solo de esos fondos públicos, sino también del financiamiento privado que reciben los partidos sin filtro ni regulación alguna.
Rigidez
El país tiene uno de los procedimientos más rígidos y estrictos para poder reconocer a un partido político, según el presidente de la JCE. Otros países son más permisivos y frágiles en ese sentido.
Por cierto, hay un plazo hasta el 18 de octubre próximo para bendecir o no al centenar de entidades partidarias que buscan el consabido reconocimiento. Sin embargo, la JCE no puede esperar ese plazo para decidir en consecuencia: «en un tiempo prudente» se resolverá ese paquetón de solicitudes.
Jáquez aclara que la JCE solo ha reconocido a los partidos refrendados por el TC y el TSE.




