En medio de una creciente presión social por el descontrol migratorio que afecta a la República Dominicana, el Poder Ejecutivo ha sometido al Congreso Nacional una propuesta de reforma que, más que una solución estructural, representa una distracción institucional. A pesar de que la Ley General de Migración No. 285-04 establece con claridad las condiciones para la entrada, permanencia, regularización y expulsión de extranjeros, el gobierno ha optado por modificar parcialmente la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, anunciándolo en términos confusos como una “reforma migratoria”.
Esta presentación fue realizada por el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, en cumplimiento a las 15 medidas anunciadas el pasado 21 de abril por el presidente Luis Abinader “para proteger la soberanía y recuperar el control migratorio del país”. Sin embargo, en lugar de reforzar la aplicación de la ley migratoria vigente, se propone agravar penas que pudieran ser establecidas en el nuevo código penal que cursa en el Congreso Nacional para su aprobación, más que no regula en sí, la permanencia de extranjeros en territorio dominicano, sino el tráfico y la trata de personas.
Uno de los puntos más llamativos es la supuesta creación de una Procuraduría Especializada en Asuntos Migratorios. Tal entidad ya existe desde abril de 2018, mediante Resolución No. 001, emitida por la entonces Procuraduría General de la República. Esta duplicidad, o desconocimiento institucional, evidencia una desconexión entre los distintos órganos del Estado, así como un pobre manejo de los recursos legales ya disponibles.
El artículo 151 de la Ley 285-04 autoriza al Estado a deportar a extranjeros en situación irregular. El artículo 26 impone restricciones a la contratación de trabajadores sin documentación migratoria adecuada. Y los artículos 128 al 136 permiten establecer centros de detención, procedimientos administrativos y acciones expeditas de repatriación.
En consecuencia, no hay vacío legal que justifique una nueva reforma para ejecutar deportaciones masivas o controlar el ingreso irregular. Hay, en cambio, una falta crónica de voluntad política para aplicar lo que ya está establecido.
La propuesta del senador Rafael Duluc, paralela a la del Ejecutivo, contiene elementos que merecen mayor atención, toda vez que, el “registro biométrico obligatorio” de su propuesta es más juiciosa en el entendido que todo extranjero que llegue al país debe estar bajo el exclusivo control de las autoridades migratorias y así reposarían los rasgos que individualizan las personas en los archivos oficiales conforme a estándares internacionales; y de igual manera un
Sistema Integral de Información Migratoria (SIIM) que también propone. No obstante, tales iniciativas requieren garantías jurídicas y podrían estar regulado hasta por un decreto tal como el Procedimiento para ingreso al territorio nacional de Extranjeros, habitantes fronterizos de las comunidades fronterizas consignado en el art.78 del decreto 631-11 que dice parrafo11.- “El carné de habitante fronterizo debe contener los datos que identifiquen a su titular…Dicho carné deberá contener, tamaño y hullas del titular”. No, así como sugiere obligar a empleadores, centros educativos y hoteles a reportar información sobre extranjeros, lo que, sin un debido proceso, puede derivar en prácticas discriminatorias o violatorias de derechos fundamentales.
Desde la perspectiva de los derechos humanos, es imprescindible reafirmar que toda política migratoria debe ejecutarse con apego a la dignidad de la persona humana, conforme a los artículos 8 y 40 de la Constitución dominicana y a los tratados internacionales firmados por el país. No se trata de tolerar la ilegalidad, sino de garantizar que los procesos de repatriación, control y fiscalización se realicen con legalidad, proporcionalidad y respeto al debido proceso.
El endurecimiento de penas contra el tráfico ilícito de migrantes –como propone el proyecto del Ejecutivo al elevar sanciones hasta 40 años de prisión y 6,000 salarios mínimos en casos agravados– es un elemento disuasivo útil, que bien puede ser incluido el proyecto de ley que reposa en el congreso nacional para la aprobación de un nuevo código penal y se acompañe de una estrategia estatal integral basada en prevención, vigilancia fronteriza, fortalecimiento institucional haciendo cumplimiento riguroso de la Ley 285-04.
En otras palabras, reformar lo que no se aplica es un ejercicio estéril. La República Dominicana no necesita nuevas leyes para hacer cumplir su soberanía territorial. Lo que necesita es gobernabilidad efectiva, instituciones que funcionen, y un liderazgo que actúe con coherencia, no con improvisaciones ni teatralidad legislativa.
Regular la inmigración no es lo mismo que reprimirla indiscriminadamente. Proteger la frontera no exige vulnerar los derechos de quienes, aun en condición irregular, conservan su dignidad humana. Y garantizar empleo para los dominicanos no pasa por el abandono institucional, sino por un Estado capaz de hacer valer la ley sin excusas, presiones ni simulaciones.
José Peña Santana
