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8 de enero 2026
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¿Qué necesitas para armar un fiestón o un ‘teteo’ ahora que eliminaron el toque de queda en el DN y La Altagracia?

Los 'teteos' han brotado como un grito de libertad social./Fuente externa.-
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- ¿Quieres armar un fiestón o un tremendo ‘teteo’ ahora que eliminaron el toque de queda en el Distrito Nacional y la provincia La Altagracia? ¿Quieres ‘rebosarte’ en espuma, bachata y romo en cualquier demarcación del país? ¿Qué debes hacer? ¿Qué necesitas para eso?

Debes solicitar un permiso especial a la Presidencia de la República o a los ministerios de Interior y Policía y Turismo, que son las instituciones encargadas de otorgar la autorización de acuerdo a un protocolo elaborado por la Dirección de Gestión de Riesgos y Atención a Desastres, del Ministerio de Salud Pública.

Si se trata de una actividad masiva -por ejemplo, un concierto en un hotel, o los premios Soberano-, la Presidencia es la encargada de dar el visto bueno. Si se trata de una discoteca, bar o centro de diversión, entonces le corresponde a Interior y Policía, lo mismo que le toca a Turismo cuando es una actividad turística.

El personal de Salud Pública tiene la encomienda de acompañar a las demás autoridades, para velar por el cumplimiento de las medidas sanitarias.

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Según el protocolo, son 13 las medidas que deben ser respetadas:

-Metodología para control de acceso a las instalaciones (toma de temperatura, recibimiento en parqueo/entrada, si aplica)

-Método para descontaminación de las personas que acceden a las instalaciones (uso de lavamanos, desinfección con gel antibacterial u otra metodología);

-Metodología a usar para mantener el distanciamiento físico;

-Capacidad ocupacional de las instalaciones;

-Capacidad ocupacional de las mesas;

-Cantidad de personas que asistirán a la actividad, incluyendo personal de trabajo;

-Señalética, uso ocupacional de los baños;

-Equipo de protección personal para el personal (mascarillas, lentes de protección, gel antibacterial);

-No realización de actividades de baile;

-Seguimiento de los horarios del toque de queda vigentes en el decreto presidencial correspondiente;

-Seguimimiento de los horarios de expendio de bebidas alcohólicas vigentes en el decreto presidencial correspondiente, y número de contacto y correo electrónico del solicitante;

-Adjuntar nombre de la persona responsable de la actividad y la bioseguridad del evento; y

-Adjuntar la dirección exacta donde se realizará el evento en cuestión (calle/avenida/número/piso).

A través de un contacto telefónico, la directora de Gestión de Riesgos y Atención a Desastres, doctora Gina Estrella Ramia, apunta que muchas de las medidas establecidas llevan meses de aplicación, en diversos negocios y establecimiento comerciales, y señala que la misión del Ministerio de Salud Pública es acompañar a las instituciones para garantizar el cumplimiento de tales medidas.-