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14 de febrero 2026
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OpiniónJosé Manuel JerezJosé Manuel Jerez

Organizaciones internacionales y gobernanza global

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RESUMEN

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Las organizaciones internacionales se han convertido en actores indispensables del Derecho Internacional Público (DIP) y en pilares de la gobernanza global. Nacidas de la voluntad soberana de los Estados, encarnada en tratados constitutivos, estas organizaciones trascienden la mera coordinación interestatal y proyectan una subjetividad funcional que les permite ejercer competencias autónomas. Su proliferación en los siglos XX y XXI responde a la necesidad de gestionar problemas colectivos que ningún Estado puede resolver por sí solo.

La creación de la Sociedad de las Naciones tras la Primera Guerra Mundial marcó el primer intento sistemático de institucionalizar la paz y la seguridad internacionales. Aunque fracasó por la ausencia de grandes potencias y por su incapacidad de detener agresiones, sentó precedentes normativos y organizativos que serían retomados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1945. Desde entonces, la ONU se ha erigido en la principal organización universal, dotada de competencias normativas, operativas y de legitimidad política global.

El Consejo de Seguridad de la ONU constituye un órgano clave en materia de paz y seguridad. Su facultad de adoptar decisiones vinculantes bajo el Capítulo VII de la Carta evidencia que las organizaciones internacionales pueden imponer obligaciones a los Estados miembros. Sin embargo, la estructura de veto refleja las asimetrías del poder mundial y limita la eficacia del sistema. Esta tensión entre legalidad y poder caracteriza gran parte del funcionamiento de las organizaciones internacionales.

Más allá de la ONU, organizaciones regionales como la Unión Europea, la Unión Africana, la Organización de Estados Americanos y la Comunidad del Caribe han desarrollado mecanismos institucionales avanzados de integración política, económica y de seguridad. La Unión Europea constituye un caso paradigmático, al dotarse de competencias supranacionales que limitan la soberanía estatal y crean un orden jurídico autónomo, con efecto directo sobre los ciudadanos. Este modelo desafía la visión clásica de las organizaciones como meros instrumentos de cooperación.

Las organizaciones económicas y financieras, como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y la Organización Mundial del Comercio, han adquirido un rol determinante en la configuración de la economía global. Sus decisiones impactan directamente en las políticas internas de los Estados, lo que plantea interrogantes sobre legitimidad democrática y responsabilidad jurídica. La gobernanza económica internacional, en muchos casos, refleja la influencia de las potencias más industrializadas, lo que genera críticas sobre la equidad del sistema.

En el ámbito de la seguridad colectiva, además de la ONU, alianzas como la OTAN evidencian el papel de las organizaciones en la gestión de conflictos. Aunque se trata de una organización regional de defensa, su intervención fuera del área euroatlántica ha planteado debates sobre la legalidad de las operaciones militares y sobre la compatibilidad con el marco de la Carta de la ONU. Estos casos ilustran cómo la acción de las organizaciones puede tensionar el orden jurídico internacional.

La gobernanza global contemporánea no se limita a organizaciones interestatales. La proliferación de organismos híbridos y redes transnacionales, que incluyen a actores privados y sociedad civil, amplía el concepto de institucionalidad internacional. Conferencias de las Partes (COP) sobre cambio climático, o plataformas de gobernanza digital, demuestran que la gestión de bienes públicos globales exige estructuras flexibles y participativas.

La personalidad jurídica internacional de las organizaciones les permite celebrar tratados, presentar reclamaciones y ejercer responsabilidad internacional. No obstante, su naturaleza derivada plantea interrogantes sobre los límites de esa autonomía. La tensión entre el principio de especialidad —que restringe su actuación a los fines establecidos en los tratados constitutivos— y la práctica expansiva de competencias, ha generado abundante jurisprudencia y debate doctrinal.

Un desafío central de las organizaciones internacionales radica en su legitimidad democrática. La toma de decisiones suele estar dominada por órganos intergubernamentales donde el peso del voto no siempre refleja principios de igualdad. Además, el déficit de transparencia y de rendición de cuentas alimenta críticas sobre su representatividad. El futuro de la gobernanza global dependerá de la capacidad de estas organizaciones para adaptarse a demandas de mayor participación y control ciudadano.

En conclusión, las organizaciones internacionales constituyen instrumentos indispensables para articular la cooperación y la gobernanza global. Su existencia refleja tanto la interdependencia de los Estados como la necesidad de respuestas jurídicas a problemas colectivos. Sin embargo, sus limitaciones en eficacia, legitimidad y equidad muestran que la construcción de un orden internacional más justo exige reformar y fortalecer estas instituciones, conciliando soberanía, poder y juridicidad en el siglo XXI.


Por José Manuel Jerez

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