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5 de febrero 2026
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2 min de lectura Nacionales

Ordenan exigir autorizaciones ambientales en compras públicas vinculadas a minería no metálica

La disposición aplica a todas las instituciones sujetas a la Ley 340-06 sobre compras y contrataciones públicas

Ilustración: Henry M. Martínez | El Nuevo Diario.
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RESUMEN

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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Mmarn) y la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitieron una circular conjunta dirigida a todas las instituciones del Estado, en la que ordenan exigir autorizaciones ambientales vigentes para empresas que suplen materiales provenientes de actividades de minería no metálica, como arena, grava, gravilla y piedras.

La disposición aplica a todas las instituciones sujetas a la Ley 340-06 sobre compras y contrataciones públicas, incluyendo ministerios, gobernaciones, ayuntamientos, instituciones descentralizadas, empresas públicas y entidades financieras del Estado.

Según explica la circular, el objetivo es garantizar la trazabilidad y legalidad en la adquisición de insumos para obras públicas, así como prevenir afectaciones al medio ambiente y asegurar que la extracción de materiales de la corteza terrestre se realice en conformidad con las normativas vigentes.

Requisitos obligatorios para oferentes y contratistas

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Las instituciones deberán incluir en los pliegos de condiciones una serie de exigencias ambientales que los proveedores de agregados deberán cumplir:

  1. Certificación del estatus de licencia o permiso ambiental

Los oferentes deberán presentar una certificación que indique el estatus actual de la licencia o permiso ambiental para la extracción de materiales, junto con:

  • Copia de la última autorización provisional emitida a favor de la empresa.
  • Cumplimiento con la Resolución 0009/2021, que regula el otorgamiento de autorizaciones ambientales para minería no metálica.
  • Evidencia de pago de la tarifa ambiental establecida en el Decreto 309-23, que fija un monto de RD$16.00 por metro cúbico extraído.
  1. Últimos informes de Cumplimiento Ambiental (ICA)

Se deberán presentar los ICA correspondientes a proyectos anteriores de la empresa, a fin de verificar su desempeño ambiental previo.

  1. Depósito de licencia o permiso ambiental

La institución podrá requerir que la empresa adjudicataria deposite su licencia o permiso ambiental como garantía de cumplimiento, en caso de ser suplidora de agregados para la obra contratada.

Respaldo normativo

La circular indica que estas medidas están alineadas con:

  • Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.
  • Ley 146-71 de Minería.
  • Ley 340-06 y sus modificaciones sobre compras y contrataciones.
  • Resolución 0025/2024, que actualiza el reglamento del proceso de evaluación ambiental.
  • Resolución 0038/2024, que establece la política de gestión para la evaluación de impacto ambiental.

Asimismo, la disposición se enmarca en la Política Nacional de Compras Verdes, aprobada en febrero de 2023, que busca impulsar compras públicas sostenibles y responsables.

Mmarn y DGCP reiteraron que los pliegos de condiciones deberán incluir especificaciones técnicas que favorezcan la sostenibilidad, tomando como referencia las fichas ambientales definidas en los anexos de la Política de Compras Verdes.

La circular está firmada por Paíno Henríquez, ministro de Medio Ambiente, y Carlos Pimentel, director general de Contrataciones Públicas.

JSB/