RESUMEN
La Ley No 42-01 tiene por objeto la regulación de todas las acciones que permitan al Estado hacer efectivo el derecho a la salud de la población, reconocido en la Constitución de la República.
Sin embargo, aun así resulta penosa la difícil y complicada situación por la que estamos atravesando la mayoría de los envejecientes de nuestro país con la falta de atención médica y otras ayudas que en otras naciones desarrolladas del mundo les permiten sobrevivir.
Los medicamentos, que en cierto caso debía de suministrarlos el Seguro Nacional de Salud (Senasa), para lo cual hay que pagarle tres meses por adelantados y agotar una serie de trámites y procedimientos que resultan completamente imposibles para los adultos mayores que nos aproximamos a los 80 años y mayores, son los más difíciles de conseguir.
Hay que asistir cinco días de seguidos al Consejo de la Seguridad Social (CNSS), a la Sisalril y al Seguro Senasa, una vez transcurrido los tres meses de plazo, y agotar una serie de procedimientos que a las personas mayores de edad nos resulta imposible debido a la enorme cantidad de visitantes que acuden a diario a esas oficinas.
Lo que podría hacer el SENASA es enviar el carnet del seguro a nuestras casas con mensajeros de la propia empresa , tomando en cuenta la discapacidad de los envejecientes.
Se recuerda que la Ley No.42-01 en su artículo 1, expresa el siguiente: “La presente Ley tiene por objeto la regulación de todas las acciones que permitan al Estado hacer efectivo el derecho a la salud de la población reconocido en la Constitución de la República Dominicana”.
Recientemente la doctora Mercedes Rodríguez Silves, directora ejecutiva de SEnasa, indico que el traspaso de los empleados públicos a la ARS estatal es legal, conforme al artículo 31 de la Ley No 87-01, el cual establece que Senasa tendrá a su cargo a todos los empleados de las instituciones públicas, autónomas o descentralizadas y a sus familiares directos, por lo que no existen impedimentos jurídicos ni la ilegalidad argumentados por la Asociación Dominicana de Administradora de Riesgos de Salud (ADARS).
Otras dificultades están pasando envejecientes a todos los niveles y edades con personas que acuden diariamente al departamento de medicamentos de altos costos del ministerio de Salud Pública las cuales en más de un 90 por ciento no pueden lograr sus objetivos.
Para obtener los medicamentos de alto costo tenemos que llenar: Formulario para la solicitud de ayudas medicas directas: Formulario o carta de solicitud de ayuda; copia de documento, copia de carnet de seguro, si no lo tiene debe llevar una carta del seguro que diga que usted no está registrado. Historia Clínica original. Estudios y/o analísticas actualizadas (en original o copia), receta o indicación original; carta de Dirección de Información y Defensa de los afiliados (DIDA) en original y copia; Carta de Cobertura de la Aseguradora de Riesgo de Salud (ARS) en original y copia. Cotización original, según solicitud dirigida al ministerio de Salud Pública, y mil cosas más.
Usted cree que un ciudadano o ciudadana, como la mayoría de los ancianitos que acuden solos, con bastón y en sillas de ruedas, a veces el ascensor dañado, inhabilitado en busca un medicamento de alto costo,para el cáncer, diálisis, Sida, así como otras patologías graves, podrá llenar estos requisitos y dar los 150 viajes de ida y vuelta, que conlleva dirigirse a ese departamento del ministerio de Salud Pública, ubicado en dos calles céntricas de la ciudad capital como las calles Ortega y Gazette con Kennedy. Podrá hacerlo?- Es todo cuanto Magistrado.
Autor: José Guerrero.
