RESUMEN
La historia constitucional de la República Dominicana es, en muchos sentidos, el reflejo de la compleja formación del Estado y de la fragilidad institucional que ha acompañado al país desde su independencia. A diferencia de otros procesos latinoamericanos, la trayectoria dominicana estuvo marcada por la constante tensión entre proyectos liberales y autoritarios, así como por la búsqueda permanente de una fórmula capaz de garantizar la estabilidad política y la preservación de la soberanía nacional.
La primera Constitución dominicana, proclamada en San Cristóbal en noviembre de 1844, es un ejemplo paradigmático de estas tensiones. Inspirada en la Constitución de Cádiz de 1812, en la Carta de Filadelfia de 1787 y en las ideas republicanas francesas, combinaba un ideario liberal con un fuerte presidencialismo. La célebre “cuestión de las facultades extraordinarias”, promovida por Pedro Santana, inauguró un dilema recurrente: la tensión entre el deseo de libertades y la obsesión por el orden y la defensa nacional.
El siglo XIX dominicano estuvo atravesado por múltiples reformas constitucionales. Entre 1844 y 1900 se promulgaron más de veinte constituciones, reflejo de la inestabilidad política y del predominio de caudillos militares. Cada cambio de gobierno suponía, casi inevitablemente, la imposición de un nuevo texto constitucional, concebido como instrumento de legitimación y no como pacto duradero. Esta inestabilidad erosionó la cultura constitucional e impidió la consolidación de instituciones sólidas.
El periodo de la Anexión a España (1861-1865) y la posterior Guerra de la Restauración evidenciaron cómo la Constitución servía tanto para justificar proyectos autoritarios como para legitimar la resistencia soberana. En este contexto, las constituciones se convirtieron en armas políticas, más que en normas supremas, lo cual explica la dificultad para arraigar la noción de supremacía constitucional.
Con la llegada del siglo XX, la República Dominicana continuó atrapada en el ciclo de constituciones efímeras. La intervención militar estadounidense de 1916-1924 introdujo una dimensión externa en el constitucionalismo dominicano, pues si bien se impusieron reformas modernizadoras, también se profundizó la percepción de que la Constitución podía ser objeto de manipulación al servicio de intereses foráneos.
El ascenso de Rafael Leónidas Trujillo en 1930 marcó un nuevo capítulo. Bajo su régimen, la Constitución fue vaciada de contenido real y convertida en un instrumento formal de legitimación del autoritarismo. Aunque en apariencia se mantenían estructuras republicanas, en la práctica predominaba un poder personalista que anulaba la división de poderes y subordinaba toda institucionalidad a la figura del dictador.
La muerte de Trujillo en 1961 abrió un breve pero intenso período de transición constitucional. La Constitución de 1963, impulsada por Juan Bosch, introdujo innovaciones de gran calado: limitación del poder presidencial, fortalecimiento del Congreso, reconocimiento de derechos sociales y mecanismos de control institucional. Sin embargo, su corta vigencia —derrocada apenas siete meses después— demostró las dificultades de insertar un proyecto democrático en un contexto de resistencias conservadoras y de presiones internacionales.
El golpe de Estado de 1963 y la Guerra de Abril de 1965 situaron a la Constitución en el centro del conflicto político y social. La intervención militar de Estados Unidos en 1965 mostró la debilidad de las instituciones dominicanas frente a factores externos y reveló la fragilidad del constitucionalismo democrático en un país aún marcado por el caudillismo y la dependencia geopolítica.
La Constitución de 1966, aprobada bajo la presidencia de Joaquín Balaguer y con el auspicio de Estados Unidos, inauguró un ciclo prolongado de relativa estabilidad, pero con un fuerte sesgo autoritario. Aunque se mantuvieron formalmente los derechos y garantías, el diseño institucional reforzó el presidencialismo y aseguró un amplio margen de maniobra al Ejecutivo.
De este modo, la Constitución se convirtió en una pieza central de la gobernabilidad, pero a costa de restringir los espacios de pluralismo político.
En definitiva, entre 1844 y 1966 la República Dominicana transitó de un constitucionalismo formalmente liberal, pero frágil e inestable, hacia un modelo de estabilidad sustentado en el control presidencial. Este recorrido histórico demuestra que el constitucionalismo dominicano no puede comprenderse únicamente desde la perspectiva de los textos, sino desde la interacción entre poder, sociedad e influencia externa. En el siguiente artículo abordaremos con mayor detalle la Constitución de 1966 y su papel como marco jurídico-político durante más de cuatro décadas.
Por José Manuel Jerez
