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18 de enero 2026
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OpiniónNoel R. Báez ParedesNoel R. Báez Paredes

La ética y los servidores públicos

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RESUMEN

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Hablar de ética cuando se trata el tema de cara a la función pública requiere un enfoque mayor a la mera definición, la cual indica que la ética es un conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en cualquier ámbito de la vida, hablar de ética dentro de la función pública requiere también añadirle responsabilidad, integridad, disciplina y vocación.

La Carta Iberoamericana de la Función Pública, respaldada por la XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno del 2003, indica que el Estado constituye el máximo órgano de articulación de las relaciones sociales, en función de la gobernabilidad, el desarrollo socio-económico sostenible, la reducción de la pobreza y las desigualdades existentes en el ámbito social, órgano que funciona a través de sus servidores y el buen desempeño de sus funciones.

En la República Dominicana en el año 2008 fue promulgada la Ley No. 41-08 cuyo objeto está descrito en su artículo No. 1 de la manera siguiente: «La presente ley tiene por objeto regular las relaciones de trabajo de las personas designadas por autoridad competente para desempeñar los cargos presupuestados para la realización de funciones públicas en el Estado, los municipios y las entidades autónomas, en un marco de profesionalización y dignificación laboral de sus servidores.» Cabe mencionar que la ley No. 107-13 nace con el objeto de regular los derechos y deberes de las personas en sus relaciones con la Administración Pública, los principios que sirven de sustento a esas relaciones y las normas de procedimiento administrativo que rigen a la actividad administrativa.

Actualmente cuando nos referimos a la ética y el cumplimiento regulatorio se hace necesario mencionar el artículo 146 de la Constitución de la República en lo referente a la proscripción de la corrupción, en la cual se condena toda forma de corrupción en los órganos del Estado. El Estado Dominicano a los fines de fortalecer el régimen ético dentro de sus instituciones emitió el decreto mediante el cual se crea la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), como órgano rector en materia de ética, transparencia, gobierno abierto, lucha contra la corrupción, conflicto de interés y libre acceso a la información, en el ámbito administrativo gubernamental, de igual forma mediante el decreto No. 143-17 se crearon las Comisiones de Ética Pública (CEP) con el objeto de fomentar el correcto proceder de los servidores públicos de la institución a la que pertenezcan.

Actualmente, en el marco de los actuales sucesos que están ocurriendo en la sociedad, resulta necesario contar con servidores públicos comprometidos que se desarrollen dentro del marco de la ética, el respeto y sus responsabilidades para obtener buenos resultados en las instituciones públicas. Es indispensable contar con personas dispuestas al servicio público y no así con personal cuyo interés en ingresar al servicio público es con el fin de obtener del Estado por las vías no éticas beneficios que luego no pueden ser justificados ante cualquier posible cuestionamiento.

 

Noel R. Báez Paredes

Docente/Consultor Jurídico

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