RESUMEN
El Nuevo Diario Digital publicó en fecha nueve (9) de Septiembre del dos mil veinticinco (2025) la siguiente noticia que, por lo altamente significativa y preocupante de la misma, a continuación reproducimos íntegra:
´´Juez que liberó condenado por atentado a David Ortiz ordena salida exembajador sentenciado 20 años
Tribunal concede permiso laboral a Donni Mayobanex Santana Cuevas por humanización de la pena y buen comportamiento del interno
EL NUEVO DIARIO, SAN CRISTÓBAL.- El mismo juez, José Manuel Arias, que en su momento otorgó la libertad a uno de los condenados por el atentado contra el expelotero David Ortiz, ordenó ahora que el exembajador Donni Mayobanex Santana Cuevas salga de prisión, pese a haber sido condenado a 20 años de reclusión por incesto contra su hijastra, quien fue encontrado culpable de abusar de ella desde que tenía 11 años de edad.
La decisión fue emitida por la Segunda Sala del Tribunal de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, en favor el exdiplomatico, mediante la Resolución No. 1527-RES-2025-00142, que autoriza al interno a incorporarse a labores externas bajo un régimen especial de permiso laboral.
El magistrado justificó la medida en el principio de humanización de la pena, la política de reinserción social, y el buen comportamiento del interno durante su reclusión, además de considerar que cumple con los requisitos establecidos en la Constitución y las leyes que rigen el sistema penitenciario dominicano, tras cumplir siete años de las dos décadas que fue sentenciados.
Santana Cuevas trabajará en la Escuela Nacional del Colegio de Abogados (CARD), donde trabajará como profesor, bajo la supervisión del Dr. Juan Pérez Roa, quien será su garante laboral y deberá informar periódicamente al tribunal sobre la conducta del beneficiado.
La resolución establece que el exembajador deberá permanecer en arresto domiciliario los fines de semana y días no laborables, reportarse semanalmente al tribunal y comparecer de manera presencial una vez al mes para firmar el libro de control.
El juez advirtió que cualquier incumplimiento de estas condiciones implicará la revocación inmediata del permiso y la emisión de orden de captura en su contra.
Dionni Santana Cuevas fue embajador del Consejo Nacional de Fronteras. Cumplía prisión en la cárcel del 15 Azua.
Con relación a José Eduardo Ciprián Lebrón, alias Chuky, condenado en el 2019 a 10 años de prisión por un atentado contra el expelotero de grandes Ligas David Ortiz, el juez también lo favoreció otorgándole su libertad a mitad de la pena.
Chuky habría planeado el atentado contra Ortiz desde la cárcel en el 2017, sin embargo, lo liberó por buen comportamiento.´´
(Fin de la cita)
El origen de esa decisión hay que buscarla en la siguiente mención que en dicha noticia se hace:
´´Santana Cuevas trabajará en la Escuela Nacional del Colegio de Abogados (CARD), donde trabajará como profesor, bajo la supervisión del Dr. Juan Pérez Roa, quien será su garante laboral y deberá informar periódicamente al tribunal sobre la conducta del beneficiado.´´
Juan Pérez Roa era uno de los miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados bajo las sórdidas administraciones de Miguel Alberto Surún Hernández y ahora dicho señor Juan Pérez Roa es un actual miembro de la Junta Directiva del Colegio de Abogados bajo la ilegítima gestión de Trajano Potentini, y éste último también fue de los miembros de esa anterior Junta Directiva del Colegio de Abogados bajo las administraciones de Miguel Alberto Surún Hernández.
¿Porqué ése magistrado Juez de la Ejecución de la Pena, de nombre José Manuel Arias, decidió que el condenado Donni Mayobanex Santana Cuevas deba trabajar ´´en la Escuela Nacional del Colegio de Abogados (CARD)´´ ´´como profesor´´?
¿Porqué ése magistrado Juez de la Ejecución de la Pena, de nombre José Manuel Arias, decidió que el condenado Donni Mayobanex Santana Cuevas esté ´´bajo la supervisión del Dr. Juan Pérez Roa´´?
¿Porqué ése magistrado Juez de la Ejecución de la Pena, de nombre José Manuel Arias, decidió que el condenado Donni Mayobanex Santana Cuevas tenga como ´´garante laboral´´ al ´´Dr. Juan Pérez Roa´´ ´´en la Escuela Nacional del Colegio de Abogados (CARD)´´?
En el Colegio de Abogados funciona un Tribunal Disciplinario que es un Teatro de Títeres de quien presida y de quienes dirijan dicho Colegio de Abogados desde la Junta Directiva y es ese Colegio de Abogados el que supuestamente tiene que ver con la Etica de los abogados.
Siendo ese Colegio de Abogados el que disque tiene que ver con la Etica de los abogados, ¿cómo se explica que el mismo se preste a tener como ´´profesor´´ (¿?) ´´en la Escuela Nacional del Colegio de Abogados (CARD)´´ al condenado por incesto tan favorecido por ése tristemente célebre Juez de la Ejecución de la Pena de San Cristóbal?
Siendo ese Colegio de Abogados el que disque tiene que ver con la Etica de los abogados, ¿cómo se explica que el mismo se preste a tener como ´´garante´´ (¿?) del condenado por incesto tan favorecido por ése tristemente célebre Juez de la Ejecución de la Pena a uno de los miembros de su Junta Directiva, el Dr. Juan Pérez Roa, quien ya anteriormente fue uno de los miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados bajo las tristemente célebres administraciones de Miguel Alberto Surún Hernández?
Si en este país hubieran instituciones judiciales que se respetasen todo esto hubiera abierto una investigación que incluyese el examen de los vínculos de llamadas entrantes y salientes de los teléfonos de todos estos personajes para que la faz de lo que se esconde detrás de todo esto aflore por completo y se adopten las medidas judiciales correspondientes contra los personajes visibles e igualmente contra los que hasta ahora permanecen invisibles.
En el Colegio de Abogados todo sigue igual que con Miguel Alberto Surún Hernández, pues éste astutamente planificó su sucesión para que desde el interior de dicho Colegio de Abogados no se le molestase.
Por Lic. Gregory Castellanos Ruano
