RESUMEN
La Constitución dominicana de 1966 representa uno de los hitos más significativos en la historia institucional del país. Nacida en un contexto de profunda crisis política y social, fue concebida como un mecanismo para restaurar el orden tras la Guerra de Abril de 1965 y la intervención militar estadounidense. Su proclamación respondió tanto a presiones internas como a intereses externos, en un momento en que la República Dominicana buscaba estabilidad luego de décadas de dictadura y convulsiones.
La génesis de este texto se explica a partir de un doble condicionamiento. Por un lado, la necesidad de frenar la polarización política derivada del golpe de Estado de 1963 y de la posterior guerra civil. Por otro, la voluntad de Estados Unidos de asegurar un marco institucional que limitara la expansión de proyectos considerados “radicales” en el marco de la Guerra Fría. La Constitución de 1966 surgió, por tanto, como una carta pactada entre el liderazgo político local y los intereses geopolíticos internacionales.
Uno de sus principales rasgos fue el reforzamiento del presidencialismo. Aunque formalmente mantenía la separación de poderes, el texto otorgaba al Ejecutivo amplias atribuciones, consolidando un modelo que permitía al presidente controlar de manera efectiva el rumbo del Estado. Esta concentración de poder se justificaba en la necesidad de garantizar gobernabilidad y evitar la repetición de crisis institucionales, pero tuvo como efecto secundario el debilitamiento de los contrapesos democráticos.
En materia de derechos fundamentales, la Constitución de 1966 preservó un catálogo relativamente amplio, aunque con escasa eficacia práctica. Si bien se reconocían libertades públicas, la falta de garantías efectivas y la prevalencia de un régimen autoritario en la práctica redujeron su alcance. El diseño institucional respondía más a la lógica de la estabilidad política que a la consolidación de un auténtico Estado constitucional de derecho.
La permanencia de esta Constitución durante más de cuatro décadas es un fenómeno notable en la historia dominicana, caracterizada por la frecuente sustitución de textos constitucionales. Su durabilidad se debió, en gran medida, a que proporcionaba un marco flexible para la concentración de poder presidencial, lo cual beneficiaba a los gobernantes y reducía los incentivos para promover reformas profundas. La estabilidad se compró a costa de la calidad democrática.
Este texto también reflejó contradicciones importantes. Por un lado, institucionalizó la democracia representativa; por otro, permitió prácticas autoritarias que socavaban sus principios. Bajo el gobierno de Joaquín Balaguer, la Constitución funcionó como un instrumento de legitimación formal de un sistema en el que predominaban el clientelismo, la represión y el control centralizado del poder.
En la doctrina, la Constitución de 1966 ha sido objeto de debate. Algunos la valoran como una herramienta que garantizó la paz social en un país devastado por la guerra civil y la intervención extranjera. Otros, en cambio, la critican como un texto diseñado para perpetuar un presidencialismo autoritario y para frenar cualquier intento de democratización profunda. En ambos casos, resulta claro que la Constitución respondió más a la lógica de la coyuntura política que a un proyecto normativo de largo plazo.
Su vigencia, no obstante, no estuvo exenta de reformas. A lo largo de su historia se introdujeron modificaciones puntuales, en especial relacionadas con la reelección presidencial, un tema recurrente en el constitucionalismo dominicano. Estas reformas, lejos de fortalecer la institucionalidad, reforzaron la percepción de que la Constitución era un instrumento maleable al servicio de intereses políticos inmediatos.
En términos comparados, la Constitución de 1966 puede entenderse como parte de una tendencia latinoamericana de la época: la búsqueda de estabilidad política mediante marcos institucionales que reforzaban al Ejecutivo. Sin embargo, mientras en otros países se avanzaba gradualmente hacia la ampliación de derechos y la consolidación de sistemas judiciales independientes, en la República Dominicana persistía un déficit democrático notorio.
En definitiva, la Constitución de 1966 fue una pieza fundamental para garantizar la gobernabilidad en el país, pero al costo de mantener un presidencialismo desbordado y de posponer la construcción de un verdadero constitucionalismo democrático. Su estudio resulta indispensable para comprender las paradojas del constitucionalismo dominicano: estabilidad formal frente a democracia débil, permanencia institucional frente a déficits de legitimidad. Estos dilemas marcaron el camino hacia la reforma de 2010, que intentó superar esas contradicciones históricas.
Por José Manuel Jerez
