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26 de abril 2024
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Janet Camilo llama a la sensatez ante proyecto de ley que le quitaría funciones al Ministerio de la Mujer 

Janet Camilo llama a la sensatez ante proyecto de ley que le quitaría funciones al Ministerio de la Mujer 
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Ministerio de la Mujer desconocía la existencia del proyecto de Ley sometido por el Senador Félix Bautista, que propone la creación del “Sistema de Apoyo Integral para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres”, sobre el cual un diario publicó un artículo, este lunes.

La ministra Janet Camilo dijo que esto representaría un retroceso en materia legal y de derechos.

“Esta mañana, al leer uno de los diarios me quedé sorprendida y releí la información para ver si estaba entendiendo bien. Al Ministerio de la Mujer no se le consultó y dudo que lo hayan hecho con las entidades gubernamentales y de la Sociedad Civil que conforman el sistema. Puedo adelantar que este proyecto es un desacierto en toda regla”, reflexionó la Ministra Janet Camilo.

“No entiendo cómo es posible desconocer la importancia del esfuerzo sostenido por cientos de mujeres para alcanzar la conquista institucional que significa el Ministerio de la Mujer, como parte nodal en el proceso de institucionalización y modernidad del Estado Dominicano y sobre todo plantear la eliminación de la Comisión Nacional de Prevención y Lucha contra la Violencia –Conapluvi– creada en noviembre de 1998, luego de la aprobación de la ley 24-97 que modificó los códigos Penal, de Procedimiento Criminal y el de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes, actualmente en vigor”, dice la ministra Janet Camilo.

De inmediato la funcionaria conformó un equipo de técnicas y técnicos del Ministerio de la Mujer que procederá a estudiar la pieza que fue introducida a la cámara alta el 23 de marzo y conocida y enviada a comisión el 4 de abril, sin consultar o informar al órgano que rige el sistema por ordenanza de la Ley 86-99 que creó la Secretaría, hoy Ministerio de la Mujer, con el mandato de ser el organismo rector para la ejecución y aplicación de las políticas públicas en materia de género y velar por el cumplimiento de los compromisos internacionales cuyos acuerdos y normativas han sido suscritos por nuestro país.

“Si obviamos la existencia del Ministerio de la Mujer apoyaríamos a los sectores tradicionalmente opuestos a nuestros derechos, ya bastante vapuleados por la visión misógina de muchos. Esa propuesta es un retroceso, una visión «tutelar» y creo que desde la Dirección General de Promoción de la Mujer, allá por los ochenta, ha llovido mucho hasta alcanzar la mayoría de edad con la Constitución del 2010 como Ministerio”, dijo Camilo.

Es una idea “descabellada” que pretende colocar al Ministerio de la Mujer como una institución de apoyo, si se analiza el título de la pieza, y un atentado a las demandas actuales para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres dominicanas; además revela un desconocimiento absoluto de la conformación del sistema existente, estructurado de manera integral, respecto a los roles de cada una de las instituciones que lo conforman.

Cuando se analice la propuesta del senador por San Juan de la Maguana, el Ministerio de la Mujer ofrecerá una explicación más acabada, pues hasta la publicación de este lunes 16 de abril, no tenía conocimiento de la existencia de esa pieza, que a todas luces desafía la Estrategia Nacional de Desarrollo impulsada por el presidente Danilo Medina, quien ha expresado que la erradicación de la violencia de género es una prioridad de su gobierno.

Según la publicación, el rol del Ministerio de la Mujer pasaría, de ser rector del sistema, a ser un organismo de apoyo de la Procuraduría, que según lo publicado crearía un nuevo observatorio de la violencia, desconociendo la existencia del Observatorio de Cumplimiento de Igualdad y Equidad de Género, que fue creado como una meta presidencial.

Todo el empeño puesto por la sociedad civil y el propio Estado desde hace treinta y cinco años, quedaría en letra muerta, por lo que la Ministra Camilo llama a la sensatez, tanto al legislador proponente, como a los miembros de la Comisión que estudiaría la pieza, en la que las asignaciones presupuestarias estarían concentradas por la Procuraduría General de la República, incluyendo las donaciones de organismos internacionales.

Resumen diario de noticias

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En el año 2012 el Ministerio de la Mujer, en coordinación con organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil, trabajó un nuevo marco normativo integral que permitiera dar respuesta a las demandas actuales en materia de prevención, detección, atención, sanción, erradicación y reparación de la violencia contra las mujeres, mediante la modificación de la ley 24-97 y la creación de un Sistema Integral de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, en el que se articulan diversas acciones por parte de diferentes instituciones gubernamentales que juegan un rol específico.

Este proyecto, que perimió en la Cámara de Diputados, no solo enfocaba el abordaje punitivo en la intervención de casos de violencia, sino que lo planteaba de manera integral, con definición clara de las acciones o políticas públicas para dar una mejor respuesta a las mujeres dominicanas.

De dirección a Ministerio

 Janet Camilo expuso que ante la necesidad de ese marco normativo integral para el abordaje de la violencia contra las mujeres, el Estado dominicano ha firmado y ratificado importantes convenios internacionales dirigidos a la creación de políticas para la promoción de la equidad de género, entre los que citó la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y su Protocolo Facultativo (CEDAW), aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1979 y vigente desde el 1981; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Para), aprobada por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) en el año 1994, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en el año 1995 y la Convención Internacional contra la Delincuencia Transnacional y sus dos protocolos complementarios, del 2000 sobre el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.

Además, indicó, el Estado dominicano ha evidenciado un claro avance en materia de legislación para el ejercicio de la ciudadanía de las mujeres en condiciones de igualdad, mediante la aprobación de leyes que modifican las prácticas jurídicas que respaldan la erradicación de la violencia contra la mujer.

Las principales evidencias de ello están en la aprobación de la Ley 24-97, que modificó el Código Penal, el Código de Procedimiento Criminal y el Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes vigentes hasta entonces, que penaliza la violencia contra la mujer e intrafamiliar en sus diferentes tipos, e incluye disposiciones sobre violencia intrafamiliar, violencia contra la mujer, violencia sexual, entre otros.

En su rol de ente rector de las políticas públicas en Igualdad y Equidad de Género, el Ministerio de la Mujer ha realizado esfuerzos para fortalecer las normativas vigentes a favor de los derechos de la mujer, participando con propuestas a la modificación al Código Penal y de Reforma Constitucional.

En este peregrinar, el movimiento de mujeres y sectores progresistas del país, han acompañado a la entidad desde que era la Dirección de Promoción de la Mujer, creada en 1982 y en conjunto hicieron un esfuerzo mancomunado para lograr una Constitución que desde su preámbulo inicial y el lenguaje que aplica visibiliza la igualdad de género, reconociendo que siguen pendientes algunos desafíos constitucionales relativos al pleno ejercicio de los derechos de las mujeres.

Tras la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en 1995, que en su objetivo H ordenó la creación y el fortalecimiento de mecanismos nacionales y otros órganos gubernamentales para el adelanto de la mujer, con recursos suficientes y con capacidad y competencia para influir en cuestiones de políticas y formular y examinar la legislación que garantizara el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres, en agosto de 1999 se promulgó la Ley 86-99, que creó la Secretaría de Estado de la Mujer como organismo responsable de establecer las normas y coordinar la ejecución de políticas, planes y programas a nivel sectorial, interministerial y con la sociedad civil, dirigidos a lograr la equidad de género y el pleno ejercicio de la ciudadanía por parte de las mujeres.

Esta fue la respuesta nacional a las recomendaciones de la Plataforma de Beijing y la misma fue promovida y acogida por las organizaciones de mujeres de nuestro país y del mundo, quienes identificaron este mecanismo como la oportunidad para visibilizar y politizar las necesidades prácticas y estratégicas de las mujeres, sacándolas del ámbito de lo privado y llevándolas al accionar estatal, bajo la tutela del recién creado organismo, que además tiene que promover la participación activa de los actores institucionales en los sectores público, privado y voluntario.

Posterior a esto, en el año 2010 mediante la Ley número 56, se cambiaron todas las Secretarías de Estado a Ministerio, haciendo así que se denominara el Ministerio de la Mujer, con las misiones rectoras de: 1) definir las normas y políticas y establecer los mecanismos necesarios para ejecutar el compromiso del Estado con la erradicación de todas las formas de discriminación en contra de la mujer; 2) coordinar con las instancias públicas y de la sociedad civil la formulación y puesta en práctica de un Plan Nacional de Equidad de Género; 3) articular, coordinar y ejecutar acciones con los organismos del Estado para asegurar que las políticas, programas y proyectos sectoriales contemplen criterios de equidad de género y evaluar las políticas en lo que concierne a su impacto sobre las mujeres, así como propiciar los correctivos necesarios.

Todas estas funciones se estarían traspasando al Ministerio Público, cuyo rol es de investigación y persecución del delito y como tal, forma parte del actual sistema de abordaje de la violencia machista.

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