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22 de diciembre 2025
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3 min de lectura Toga

Inician conocimiento de coerción a los involucrados en operación Camaleón

Jochy Gómez y otros imputados en Operación Camaleón (Foto: El Nuevo Diario)
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional inició en este momento el conocimiento de medidas de coerción contra los involucrados en la operación Camaleón, señalados de pertenecer a una red de corrupción y crimen organizado dedicada al desfalco, estafa contra el Estado, falsificación, coalición de funcionarios, contrabando, comercio ilícito, sabotaje, terrorismo contra infraestructura crítica y robo de identidad.

La jueza Fátima Veloz es la encargada de conocer esta etapa inicial en la que el Ministerio Público pide para los imputados que vayan a prisión preventiva y se declare el caso complejo.

Los acusados son: el exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Beras; José Ángel Gómez Canaán (Jochy), propietario de la empresa Aurix S.A.S.; Frank Díaz Warden, coordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras de la institución; Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de tecnología; Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico; Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero y Carlos José Peguero Vargas.

La operación fue puesta en marcha a través de allanamientos en residencias y empresas en el Distrito Nacional, Santo Domingo Este, San Cristóbal y Punta Cana. En este operativo participaron, aproximadamente, 170 efectivos de la Policía Nacional, Unidades Especiales y más de 30 fiscales especializados contra el crimen organizado.

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Supuestamente fueron ocupadas cientos de evidencias que confirman las imputaciones del Ministerio Público. Por esta razón, el órgano persecutor ha calificado la Operación Camaleón como una de las “Más exitosas” contra el crimen organizado.

Asimismo, asegura que la solicitud de medida de coerción cuenta con los elementos suficientes para que el tribunal acoja el pedimento del Ministerio Público en cuanto a la medida de coerción a imponer y la declaratoria de complejidad del proceso.

Son investigados por conductas típicas a lo establecido en los artículos 146, numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana (proscripción de la corrupción); artículos 123, 124 (coalición de funcionarios), 147, 150 y 151 del Código Penal dominicano (uso de documento privado); 171 y 172 (desfalco), artículos 265 y 266 (asociación de malhechores), así como el artículo 405 (estafa en perjuicio del Estado dominicano) del Código Penal dominicano; artículos 11, 17, 27, y 28 (sabotaje, robo de identidad, crímenes y delitos contra la nación, y actos de terrorismo), de la Ley núm. 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

Así como, los artículos 5, 33, 34, 35, 36, (contrabando) de la Ley núm. 17-19 sobre la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados; y los artículos 2, 3, 4, 5, 8, 9, y 10 (Lavado de Activos) de la Ley núm. 155-17 sobre Lavados de activos y financiamiento del terrorismo, artículos 5, 8 letra F y 26 de la Ley núm. 267-08 sobre Terrorismo, y crea el Comité Nacional Antiterrorista y la Dirección Nacional Antiterrorista.

También los artículos 66, 67 y 69 de la ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, todo esto en perjuicio del Estado dominicano.