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3 de enero 2026
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2 min de lectura Toga

Hombre cumplirá 20 años de prisión por matar a expareja en SPM

Ilustración: El Nuevo Diario
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EL NUEVO DIARIO, SAN PEDRO DE MACORÍS.- El Tribunal Colegiado de San Pedro de Macorís dictó 20 años de prisión contra un hombre que causó la muerte a su expareja tras propinarle una golpiza en un hecho ocurrido en abril del 2022.

Se trata de Ramón Martínez, quien fue declarado culpable de matar a María Esther Santana Thoalas. El mismo deberá cumplir la sentencia en el centro de corrección y rehabilitación de la citada localidad, indica una nota de prensa enviada este lunes.

El expediente acusatorio señala que el hecho ocurrió en el Barrio Mossú, del sector La Laura, en horas de la tarde del día 6 de abril de 2022, luego de que Martínez se presentara a la vivienda de la mujer, de quien tenía varios meses separado.

Establece que el hoy condenado aprovechó que los niños procreados con la víctima no se encontraban en la casa, para cometer el hecho. Una vez en el lugar, Martínez procedió a tomar un pedazo grueso de madera, que era utilizado para cerrar por dentro la casa, y le propinó varios golpes en la cabeza a la víctima.

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Santana, según indica el informe de autopsia No. RE-A-070-2022, falleció a consecuencia de trauma contuso cráneoencefálico y facial severo. El cuerpo fue encontrado con un alambre de varios pies alrededor del cuello.

En la habitación donde fue levantado el cadáver de la hoy occisa, fue ocupado otro cable de color blanco, atado al techo, con el cual el acusado Ramón Martínez habría intentado ahorcarse.

Después de cometer el crimen el acusado se dio a la fuga, siendo activamente buscado por las autoridades, quienes lo localizaron en una casa de un familiar en la comunicad de Pantoja, en Santo Domingo Oeste, en fecha 8 de abril de 2022, ejecutándose en su contra la orden de arresto No. 00672-2022.

La fiscal Luz Aurora Almonte tuvo a cargo la investigación, mientras que en la litigación el Ministerio Público estuvo representado por la fiscal Estela Santana Castro, quien demostró los hechos ante el tribunal, integrado por los jueces Juan de la Cruz Rijo Güílamo, Bethania del Carmen Conce Polanco y Katerine Santana Mejía.

El caso recibió la calificación jurídica de violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano.