RESUMEN
En la República Dominicana vivimos un proceso de reformas legales que busca modernizar la justicia y hacerla más cercana a la realidad social. En ese camino, las vías de ejecución tampoco se quedan atrás. Una de las más utilizadas, y a la vez más cuestionadas, es el embargo retentivo, figura que hoy se encuentra en la mira de un proyecto de ley que promete poner orden donde ha reinado el abuso.
Actualmente, esta herramienta está regulada por el antiguo Código de Procedimiento Civil. En esencia, permite que un acreedor notifique la retención de valores en manos de un tercero —como un banco— hasta por el doble de la deuda reclamada. Tradicionalmente, esta medida se ha sustentado en títulos ejecutorios como sentencias, pagarés notariales o facturas reconocidas. Incluso, la doctrina ha ampliado su alcance, admitiendo documentos privados que reflejen de manera clara y exigible una obligación de pago.
El procedimiento exige pasos formales —mandamiento de pago, denuncia, contradenuncia y demanda en validez— que, en teoría, garantizan el debido proceso. Una vez obtenida sentencia definitiva, los fondos retenidos pasan al acreedor a través de los terceros embargados.
Sin embargo, en la práctica, el embargo retentivo se ha transformado en un arma peligrosa. ¿La razón? Muchos acreedores lo utilizan como mecanismo de presión, sin contar con títulos válidos, amparándose incluso en simples demandas no sentenciadas. Y los bancos, que no son jueces, al recibir la notificación retienen de inmediato los fondos del deudor, sin verificar la legalidad del embargo. El resultado: daños desproporcionados, bloqueos injustos y un sistema de justicia saturado, donde el remedio suele llegar más tarde que el daño.
Frente a este panorama, el proyecto de ley actualmente en discusión introduce cambios clave: sanciona la temeridad de acreedores y abogados, establece límites claros para los embargos, y obliga a los terceros —en especial a las entidades financieras— a actuar con mayor responsabilidad al recibir estas notificaciones. En otras palabras, busca devolver al embargo retentivo su verdadera esencia: un instrumento de justicia, no de abuso.
Además, la reforma representa una buena noticia para el empresariado dominicano. La práctica abusiva del embargo retentivo ha significado durante años un factor de riesgo para las empresas, afectando su liquidez y, en ocasiones, paralizando operaciones enteras por disputas que aún no han sido decididas en los tribunales. Al establecer reglas más equilibradas, este proyecto brinda mayor seguridad jurídica, fomenta la confianza en las inversiones y garantiza que las compañías puedan concentrarse en producir y generar empleos, sin la amenaza constante de bloqueos arbitrarios.
Sí esta reforma se aprueba, la República Dominicana dará un paso importante hacia un sistema de ejecución más equilibrado, donde se protejan los derechos del acreedor sin sacrificar la estabilidad del deudor ni el dinamismo del sector empresarial, pieza clave para el desarrollo económico nacional.
POR WILLIAM ENCARNACIÓN
*El autor es abogado especializado en Responsabilidad Civil, socio de Plus Legal, con alta experiencia en asesoría Legal Estratégica y Recuperación de Activos Financieros/ Correo: wencarnacion@grupoplusrd.com
