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26 de abril 2024
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Eugenio María de Hostos y su crítica del Estado

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En el pensamiento de Eugenio María de Hostos está muy claro lo que es el Estado:

«…el Estado es el representante jurídico de la sociedad,…«

(Hostos, Eugenio María de: Nociones de Derecho Penal, página No. 280; en Obras Completas. Vol. XVIII, Ensayos Didácticos, Tomo I, Edición Conmemorativa del Gobierno de Puerto Rico 1839-1939, Cultural, SA. Obispo y Bernaza. Habana, Cuba.)

«…como el Estado es el representante jurídico de la sociedad, él es quien prácticamente ejercita el derecho (de penar.GC)…en nombre de la sociedad.« (Hostos, obra citada, página No. 280)

Ello es producto de que al no poder todos los miembros de la sociedad ocuparse simultáneamente de esa responsabilidad la sociedad delega, de manera imperfecta (caso de las democracias occidentales o de tipo occidental de tipo representativo, y ni hablar de las formas de gobierno no democráticas) o de manera perfecta (= caso de la democracia directa ateniense), en el Estado para que este se ocupe de ello: crea al Estado (= conjunto de instituciones, funciones y funcionarios).

Hostos está tan claro en ello que incluso llega a calificar de «usurpación« el que los delegados para encarnar el Estado lo encarnen ya que considera que lo que hacen es «usurpar« el derecho de la sociedad y del individuo.

Es decir, Hostos tiene claro que al delegar dicha responsabilidad la sociedad (sea de manera imperfecta, sea de manera perfecta) en el Estado, dicha delegación puede dar lugar a que los delegados encargados de encarnar al Estado: a) puedan, para beneficio propio, anteponer y superponer sus intereses particulares y/o grupales y hacer uso de los mecanismos y dispositivos del Estado para desviar la protección de los fines u objetos o «intereses« o «valores« en que realmente se pensó cuando se acordó crear el Estado; y b) hasta más lejos: que puedan  crear fines propios, objetos propios, «intereses« propios, «valores« propios, diferentes de los fines u objetos o «intereses« o «valores« en que realmente se pensó cuando se acordó crear el Estado y que al hacer esa desviación y al crear dichos fines u objetos o «intereses« o «valores« propios todo ello lamentablemente puede llegar a expresarse, como en efecto se llega a expresar, a través de la creación de una legislación protectora de esos fines u objetos o «intereses« o «valores« propios de dichos delegados encarnadores del Estado y que dicha legislación protectora de esos fines u objetos o «intereses« o «valores« propios de dichos delegados encarnadores del Estado llega incluso a crear tipos penales protectores de esos fines u objetos o «intereses« o «valores« propios de dichos delegados encarnadores del Estado. Es a tales cosas a las que se refiere Hostos al señalar:

«…; pero como fue el Estado quien sustituyó a la sociedad en el ejercicio de penar; y el Estado es siempre un conjunto de individuos o un individuo que, al usurpar derecho de la sociedad y del individuo, encaminó hacia su propio fin y objeto el derecho de castigar las infracciones de la ley y las violaciones del orden social, es claro que las leyes penales habían de corresponder a los propósitos siempre parciales de las varias formas de Estado, dando por fruto la penalidad monstruosa…« (Hostos, obra citada, páginas Nos. 264 y 265)

De esa manera los detentadores del poder en el Estado (que en el aspecto penal se supone deben perseguir al delincuente que al delinquir expresa «la deformidad de su conciencia« (Hostos, obra citada, página No. 274)), expresan también, dichos detentadores del poder en el Estado, «la deformidad de su conciencia«, esto es, la deformidad de la consciencia de dichos detentadores del poder en el Estado.

Los fines u objetos o «intereses« o «valores« de los detentadores del poder en el Estado son convertidos, a través del procedimiento institucional correspondiente, en fines u objetos o «intereses« o «valores« legítimos o aparentemente legítimos, de tal suerte que los que atenten contra dichos fines u objetos o «intereses« o «valores« se presume que también expresan «la deformidad de su conciencia« respecto de fines u objetos o «intereses« o «valores« que, a su vez, en realidad son expresión de «la deformidad de la consciencia de los detentadores del poder del Estado«, quienes con tal de preservar sus fines u objetos o «intereses« o «valores« propios son capaces de llegar a tocar hasta la línea de lo monstruoso.

Por Lic. Gregory Castellanos Ruano

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