RESUMEN
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El Senado aprobó ayer un proyecto de ley -considerado por el Gobierno perjudicial para la economía nacional – que reduce considerablemente los impuestos estatales aplicados, a través de la ley 911, a las ganancias excesivas de la industria azucarera nacional. Los efectos económicos de la pieza, en cifras, se verían a partir de enero de 1982, en caso de que los diputados la aprueben tal como salió del Senado.
si el proyecto fuera aprobado por el Congreso con vigencia inmediata, el Estado dejaría de percibir este año 144.7 millones, según ha asegurado el secretario Técnico de la Presidencia, Ramón Martínez Aponte. Esa afirmación fue refutada por el senador reformista Ramón Emilio Fernández Brandel, quien asegura que la ley solamente quitaría 34 millones al presupuesto nacional.
Los senadores aprobaron el proyecto durante una sesión efectuada ayer. El más ardiente defensor de la pieza, presentada por el bloque senatorial reformista, fue el señor Alfonso Canto Dinzey, colono azucarero y senador perredeísta por San Pedro de Macorís.
Y los más combativos opositores del proyecto fueron los doctores Noel Suberví Espinosa y Manuel Rodríguez, ambos representantes del Partido Revolucionario Dominicano en Barahona y Salcedo, respectivamente.
Los senadores aprobaron el proyecto en segunda lectura con una enmienda introducida por el senador Canto para que la pieza tenga vigencia desde el primero de enero de 1982, Y no inmediatamente, a fin de que no afecte el presupuesto nacional desde este año.
BENEFICIA COLONOS
Canto centró su defensa del proyecto en el argumento de que la mayoría de los colonos azucareros son «campesinos pobres» «»analfabetos» «‘infelices que han sido injustamente tratados por la ley 911. Resaltó que es injusta y arbitraria porque grava con impuestos a los colonos, igual que a los exportado-res, «y nosotros no producimos azúcar, métanse eso entre ceja y ceja señores senadores», expresó Canto.
Tras señalar que la aprobación de la pieza «es un acto de justicia» en favor del colono azucarero, Canto propuso la modificación del artículo quinto del proyecto.
La modificación dice así: » Las sumas recaudadas por concepto de impuesto ingresarán al Fondo General de la Nación y un 50% de ellas se destinarán a gastos de los hospitales y otras necesidades, a partir del primero de enero de 1982. De esa forma se evita que la ley afecte el presupuesto actual del país.
«De esta forma queda diluido el argumento del sector oficial, ya que en ese aspecto la ley entraría en vigor el año próximo’ precisó el senador perredeísta.
REFUTA A CANTO
Noel Suberví resaltó que no entendía como podía la ley 911 afecta a los colonos azucareros, cuando su aplicación es efectiva cuando se registran precios altos en el mercado internacional.
«Hay que suponer entonces que la ley 911 lo que hace es reducir las ganancias de los colonos, no. que los maltrata. …Y que no se apruebe con efectividad para este año no importa, el Gobierno sufrirá a la larga», declaró.
Añadió que los colonos azucareros viven diciendo que pierden en sus operaciones, «pero no es verdad que nadie invierte su dinero en algo que no tenga ganancias, porque para eso siembro frijoles o arroz’ Dijo que, en definitiva, es el pueblo que dejará de percibir los fondos, en caso de aprobarse el proyecto en las dos cámaras.
FELIU HERRERA: ¡APRUEBENLA!
El representante reformista por la Provincia Altagracia defendió la pieza y se mostró totalmente de acuerdo con el senador Alfonso Canto. Argumentó que cuando la ley 911 fue dictada, el 11 de agosto de 1978, el costo de producción de una libra de azúcar era de 8 centavos. Y significó que, sin embargo, la ley no contempla el aumento del costo de producción, que ahora está a 11 centavos.
Resaltó que como el
‘Impuesto establecido en la ley 911 comienza a aplicarse a partir de un precio de once centavos libra, «los colonos tienen que pagarle impuesto al gobierno perdiendo» cuando el azúcar tiene precios bajos.
Felipe Parra Pagán (PR-San Cristóbal) expresó que llamar a la ley 911 de impuesto sobre beneficios excesivos «es sencillamente una ironía». Significó que el costo actual de producción es de 17 centavos la libra.
«Yo me pregunto, en esas condiciones, ¿tienen realmente los colonos ganancias o beneficios excesivos? El Consejo Estatal del Azúcar dice que no lo tiene, y debe ser así puesto que dice que está vendiendo por debajo del costo de producción» precisó.
BALAGUER: AUTOR DEL PROYECTO ORIGINAL
El senador perredeísta por Salcedo expresó que se siente sorprendido por que la ley 911 fue aprobada cinco días antes de que el doctor Joaquín Balaguer entregara el poder, el 11 de agosto de 1978.
Y recordó que en esos años el azúcar tenía precios sumamente bajos de 8 y 9 centavos. «Entonces ahora, que el azúcar no está muy bueno (el precio), pero que está mejor que en 1978, se quiere derogar una ley que nos dejaron como una herencia bondadosa».
El proyecto de ley probado establece que el establece que el Estado gravara las ganancias excesivas después que los productores computen un 18 por ciento, en base al capital contable de sus empresas.
«¿Cuántos milloncitos dejará de percibir el presupuesto nacional para repartirlos entre los sufridos colonos azucareros?», se preguntó el doctor Manuel Rodríguez, al tiempo de pedir que se precisará con cifras concretas los fondos que el Estado dejará de percibir con la nueva ley.
«No es hablando de porcentajes, ni hospitales, es con cifras que se debe decir»‘, dijo.
La pieza, aprobada por 13 votos en segunda lectura, establece en su dispositivo lo siguiente: «Art. 1.-Cuando los beneficios netos anuales de las empresas productoras de azúcar, mieles ricas invertidas y mieles finales, que resulten después de restarse las deducciones admitidas por la ley 5911, del 22 de mayo de 1962, y sus modificaciones, así como las que ordenen admitir otras leyes; de restarse el monto liquidado y pagado por concepto del impuesto sobre la renta establecido por la ley no 5911 y sus modificaciones, y de restarse la contribución establecida por la ley 48 de fecha 6 de noviembre de 1970, excedieren el 18% del capital contable de la empresa de que se trate, se aplicará un recargo de un 70% sobre el monto del impuesto sobre la renta liquidado, en la proporción de dicho exceso a esos beneficios netos».
Por José Sierra
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