ENVÍA TUS DENUNCIAS 829-917-7231 / 809-866-3480
18 de enero 2026
logo
OpiniónNoel R. Báez ParedesNoel R. Báez Paredes

El Plan Nacional Vivienda Familia Feliz como política pública enfocada en la promoción de viviendas

COMPARTIR:

RESUMEN

Analizando noticia... por favor espera.

El marco constitucional de la República Dominicana en su artículo 56 consagra el Derecho a la vivienda, en el mismo se indica que toda persona tiene derecho a una vivienda digna con servicios básicos esenciales. El Estado debe fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promover planes de viviendas y asentamientos humanos de interés social. El acceso legal a la propiedad inmobiliaria titulada es una prioridad fundamental de las políticas públicas de promoción de vivienda. Es importante resaltar que el Estado como garante de la ejecutoria de las políticas públicas debe de otorgar prioridad en los planes de promoción de vivienda a la propiedad titulada, debemos dejar atrás aquellas ejecutorias estatales en las cuales se desarrollaban un gran número de infraestructuras con fines habitacionales, pero sin seguridad jurídica pues no estaban titulados. En vista de este tipo de ejecución de políticas públicas deficientes dentro del marco legal pero a nivel político cumplían su cometido el cual era garantizar la aceptación del electorado,  producto de este tipo de ejecución la cual podemos decir fue prioridad en los distintos gobiernos del fenecido Dr. Joaquín Balaguer, podemos decir que surge la necesidad de concebir un Plan Nacional de Titulación de Terrenos del Estado, el cual tiene como fin regularizar los distintos proyectos desarrollados por el Estado para dotar a sus titulares de certificados de títulos definitivos y así dejar la cultura del viejo cartón partidario donde se le consignaba la entrega al beneficiario y solo podía hacer uso de la cosa mas no así lograr tener el derecho de propiedad amparado en una propiedad titulada.

El Plan Nacional Vivienda Familia Feliz, en sus siglas como PNVFF, es un plan de accesibilidad a la vivienda digna y propia, dirigido a familias dominicanas de segmentos sociales con grandes dificultades para adquirirlas. Busca apoyar a las familias de bajos y medios ingresos de República Dominicana a la compra de su primera vivienda, garantizando que estas familias tengan el acceso a una solución habitacional con los principales servicios básicos, áreas comerciales, de recreación, entre otras facilidades

El Estado dominicano, a través del Fondo Nacional de la Vivienda, facilita a los ciudadanos seleccionados los recursos que permitirán el acceso a la vivienda mediante un subsidio al pago inicial (Subsidio-Bono Inicial Familiar) así como también un subsidio a los pagos mensuales de la cuota del crédito hipotecario de la vivienda (Subsidio-Bono Tasa).

Con la ejecución de este tipo de política pública, el Estado cumple su rol de fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho constitucional a una vivienda y promover planes de viviendas y asentamientos humanos de interés social. Es oportuno resaltar que el hecho de que nuestra constitución tipifique un derecho a la vivienda como prioridad estatal no responsabiliza al Estado a entregar una vivienda a los ciudadanos para cumplir con su responsabilidad constitucional sino mas bien es su responsabilidad generar mecanismos que permitan al ciudadano la accesibilidad para lograr dicho derecho a la vivienda.

Este tipo de ejecución de políticas publicas son las que logran que como sociedad podamos ver los resultados de las cargas impositivas de los ciudadanos que cumplen con su rol tributario como siempre han demandado.

Es de vital importancia indicar que para poder lograr la ejecutoria de este plan en fecha 22 de marzo del 2021 mediante Decreto. No. 191-21 se crea e integra el Fondo Nacional de la Vivienda, adscrito al Ministerio de la Presidencia, a partir de la fecha el Ministerio de la Presidencia a través de distintos mecanismos ha venido ejecutando su rol de auxiliar del Presidente de la República y ha sido cabeza en la ejecución de distintas políticas públicas entre estas el Plan Nacional Vivienda Familia Feliz, el mismo se ha desarrollado bajo un esquema de fideicomiso al amparo de la Ley Número 189-11, para obtener además de los subsidios del PNVFF, los beneficios de la compensación del Bono Primera Vivienda.

En tal sentido, mediante un mecanismo legal sólido el Estado como garante de la buena administración ha venido desarrollando proyectos en alianza con distintos desarrolladores privados para poder lograr la reducción del déficit habitacional sin una inversión a gran escala por parte del Estado sino más bien a nivel de subsidios pues el desarrollo de los proyectos es responsabilidad de los desarrolladores que liciten en los distintos proyectos habitacionales llevados a cabo a través del PNVFF.

 

Noel R. Báez Paredes

Docente/Consultor Jurídico

 

 

 

 

Comenta