RESUMEN
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El presidente de la República emitió anoche el decreto número 2465 que establece la división regional del país para los fines y efectos de la planificación, formulación y- la ejecución del Presupuesto Nacional Y la administración del desarrollo regional.
Las regiones señaladas por la disposición presidencial para los propósitos indicados son la Suroeste, Cibao y Sureste.
La región suroeste tendrá la subregión de Enriquillo que comprenderá las provincias de Barahona, Bahoruco, Independencia y Pedernales.
La subregión del Valle incluirá las provincias de Azua, San Juan y Elías Piña.
La del Cibao tendrá la subregión del Cibao Central integrada por las provincias de Santiago, La Vega, Puerto Plata y Espaillat. La subregión del Cibao Oriental comprenderá las provincias de Sánchez Ramírez, Salcedo, Duarte, María Trinidad Sánchez y Samaná. Y la subregión del Cibao Occidental a Val-verde, Monte Cristy, Santiago Rodríguez y Dajabón.
La región sureste tendrá la subregión de Valdesia que integrarán San Cristóbal, Peravia y el Distrito Nacional y la subregión del Yuma con San Pedro de Macorís, El Seibo, La Romana y La Altagracia.
Las sedes de la subregión Enriquillo será Barahona, de la del Valle, San Juan de la Maguana. La sede de la subregión Cibao Central será Santiago, Y San Francisco de Macorís lo será de la subregión Oriental, mientras que Mao lo será de la subregión Cibao Occidental.
Serán sede de la subregión de Valdesia, Santo Domingo y Baní y la del Yuma tendrá como sede a Higüey y San Pedro de Macorís.
Las secretarías de Estado y otras instituciones es estatales que requieran por las naturalezas de sus atribuciones establecer ámbitos espaciales menores a los señalados en el decreto deberán precisar zonas administrativas que geográficamente estén inscritas dentro de los límites de las regiones y subregiones establecidas.
Todos los departamentos oficiales deberán tomar las medidas pertinentes para adecuar su regionalización a las disposiciones dadas en el decreto antes del 16 de agosto próximo.
La secretaría de las Fuerzas Armadas y los institutos castrenses que incluye mantendrán su organización administrativa territorial y, en consecuencia, quedan exceptuados de las disposiciones del citado decreto.
El Secretariado Técnico de la Presidencia será encargado de la supervisión del cumplimiento del decreto que será responsabilidad de las secretarías de Estado y todas las instituciones del sector público.
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