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14 de febrero 2026
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OpiniónJosé Manuel JerezJosé Manuel Jerez

El Derecho Administrativo como rama del Derecho Público

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RESUMEN

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El Derecho Administrativo constituye una de las ramas más dinámicas y complejas del Derecho Público, en la medida en que regula la organización y funcionamiento de la Administración del Estado, así como su relación con los ciudadanos. Su origen se vincula al surgimiento del Estado moderno, cuando la expansión de las funciones públicas hizo necesario un marco jurídico diferenciado del Derecho común. En ese sentido, el Derecho Administrativo nace como un Derecho especial, con principios, instituciones y procedimientos propios, dirigidos a garantizar el interés general.

Históricamente, su evolución responde al proceso de consolidación del Estado de Derecho. Mientras que en los regímenes absolutistas la Administración actuaba sin frenos ni controles, el constitucionalismo liberal del siglo XIX introdujo límites a la acción de los poderes públicos, estableciendo la idea de legalidad como eje central. De esta forma, el Derecho Administrativo se configura como un instrumento para asegurar que la actuación estatal se someta a la norma jurídica y respete los derechos fundamentales de los ciudadanos.

El carácter público del Derecho Administrativo se explica porque regula relaciones de poder asimétricas entre la Administración y los administrados. A diferencia del Derecho Privado, en el que las partes actúan en igualdad de condiciones, en el ámbito administrativo el Estado ejerce potestades unilaterales, como dictar actos administrativos, imponer sanciones o ejecutar decisiones sin necesidad de autorización judicial previa. Este desequilibrio justifica la existencia de un régimen jurídico especial que, a la vez que dota a la Administración de prerrogativas, establece garantías a favor de los particulares.

En el contexto dominicano, el Derecho Administrativo ha experimentado un notable desarrollo a partir de la Constitución de 2010 y de la creación del Tribunal Superior Administrativo. Este marco institucional ha reforzado el principio de control jurisdiccional de la actividad administrativa, al mismo tiempo que ha contribuido a la consolidación de una cultura jurídica orientada al respeto de la legalidad y al fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho.

Debe destacarse que el Derecho Administrativo no solo se limita a regular la estructura y funcionamiento de la Administración central, sino que también abarca a las entidades descentralizadas, los municipios y las corporaciones autónomas. Ello se traduce en un campo normativo amplio, que va desde el régimen de los servicios públicos hasta la contratación administrativa, pasando por la responsabilidad patrimonial del Estado y los mecanismos de participación ciudadana en la gestión pública.

A nivel doctrinal, autores como Otto Mayer, Maurice Hauriou y Georges Vedel han señalado que el Derecho Administrativo cumple una doble función: garantizar la eficacia de la Administración en la satisfacción del interés general y, al mismo tiempo, preservar las libertades individuales frente a posibles excesos del poder público. Esta tensión permanente entre eficacia y garantía constituye el núcleo problemático de la disciplina, obligando a encontrar un equilibrio entre prerrogativas estatales y derechos ciudadanos.

En América Latina, y particularmente en República Dominicana, el reto consiste en armonizar los principios universales del Derecho Administrativo con las realidades propias de nuestros sistemas políticos y sociales. Ello implica enfrentar fenómenos como la burocracia excesiva, la discrecionalidad sin control o la corrupción administrativa, factores que atentan contra la legitimidad de la acción estatal y que solo pueden ser contrarrestados mediante un sólido marco jurídico y una justicia administrativa independiente.

En conclusión, el Derecho Administrativo es una rama esencial del Derecho Público porque asegura que la actuación de la Administración no sea arbitraria, sino racional, proporcional y conforme al ordenamiento jurídico. Su función es garantizar que el poder del Estado se ejerza en beneficio de la colectividad, respetando siempre la dignidad humana y los derechos fundamentales. De ahí su importancia como pilar del Estado Constitucional contemporáneo.

Por José Manuel Jerez

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