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20 de enero 2026
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OpiniónNoel R. Báez ParedesNoel R. Báez Paredes

El abogado del Estado 

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RESUMEN

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Conforme el ordenamiento jurídico vigente en materia inmobiliaria, el abogado del Estado es el representante del Estado ante la jurisdicción inmobiliaria, dicho rol fue suprimido por la Comisión Inmobiliaria, organismo colegiado de la jurisdicción inmobiliaria que estaría conformado por tres miembros, un miembro nombrado por el Poder Ejecutivo, un miembro nombrado por la Suprema Corte de Justicia y un miembro nombrado por el Congreso Nacional de la  República, dicho organismo nunca entro en funciones pues la Ley Núm. 51-07 que modifica la Ley  Núm. 108.05 sobre registro inmobiliario modificó el artículo 11 de la 108-05 a los fines de suprimir la comisión inmobiliaria y restituir la figura del abogado del estado creada en virtud de la Ley Núm. 1542-47.

En virtud de lo estipulado en la normativa vigente habrá no menos de cinco (5) Tribunales Superiores de Tierras y serán puestos en funcionamiento por la Suprema Corte de Justicia de acuerdo a las necesidades del sistema, actualmente el sistema inmobiliario tiene vigente cuatro (4) Tribunales Superiores de Tierras correspondiente al departamento norte, nordeste, este y central. En tal sentido, como mínimo habrá tantos Abogados del Estado como Tribunales Superiores de Tierras.

En el ejercicio de sus atribuciones el Abogado del Estado tiene las funciones de representación y defensa del Estado dominicano en todos los procedimientos que así lo requieran ante la Jurisdicción Inmobiliaria, a la vez ejerce las funciones de Ministerio Público ante la jurisdicción en función de esto. Por ende, es responsabilidad de dicho funcionario someter ante la jurisdicción que corresponda a los autores de las infracciones castigadas por la ley para que se le impongan, si procede, las sanciones establecidas.

En la actualidad, resulta necesario fortalecer el sistema inmobiliario en todas sus dependencias, aun no sean estas directas, ni órganos de la Jurisdicción Inmobiliaria como es el caso del abogado del estado, pues el fin de esta figura es otorgar garantías tanto al Estado como a los ciudadanos, pues le corresponde someter a los autores de las infracciones castigadas por la ley vinculadas a la Jurisdicción Inmobiliaria.

 

Noel R. Báez Paredes

Docente/Consultor Jurídico

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