RESUMEN
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.-El vicepresidente ejecutivo de la Empresa Datacrédito, Alberto Adams, afirmó que la República Dominicana presenta buenos indicadores de pagos y que las instituciones comerciales tienen excelentes métodos para cobrarles a sus clientes, utilizando a los burós de crédito como facilitadores de informaciones.
Adams conversó con Jaime Rincón, Aneudy Ramírez y Euclides Marmolejos en el programa El Nuevo Diario en la Tarde, que se transmite por la plataforma digital El Nuevo Diario TV, en donde dijo que los burós se rigen por la Superintendencia de Bancos que se encarga de este tema.
“La ley Número 172-13 que trata sobre la Protección Integral de Datos Personales, que se utiliza para regular las operaciones de los burós de créditos, así como el manejo de la información de los titulares, esta ordenanza sustituye el reglamento 288-05 que sólo abarcaba la supervisión de los burós”, explicó el especialista.
En tal sentido, comunicó que la ley de Habeas Data es un paso a la ampliación de este espectro, que tanto impacta en esta sociedad, y el articulo 61 regula el tiempo de valides de la data para ser publicada, los reportes de créditos de manera muy específica dice que toda información mayor a 48 meses o 4 años no puede ser publicada.
El versado sobre el tema piensa que los titulares de la información todavía son un poco atípico en revisar los reportes de créditos y en Datacrédito apegados a ley, en tal modo, proporcionan 4 reportes que se necesitan por año, asegurándose de que todos sus datos sean válidos y actualizados.
“En Datacrédito desarrollamos un Software para cumplir con la ley y diariamente circulamos ese programa de computadora verificando toda la información que cumple con los 48 meses y de inmediato le damos de baja para evitar cualquier tipo de inconveniente con el cumplimiento de los estatutos que está en los reportes de créditos”, instó.
El gerente comunicó que en el proceso de reclamación de los titulares la información está cubierta de manera amplia en la ley 172-13, la cual establece los tiempos en que cada uno de los actores del proceso de reclamación tiene que responder a las diferentes partes, sino que incluye también las penalizaciones en caso de no responder a tiempo.
El administrador dijo que cuando un titular se acerca a la empresa a poner una reclamación es un proceso gratuito, y hay un tiempo para que el buró se comunique con el originador de la información y existe un momento para que este responda al buró de la información, luego el buró le contesta, entonces si algunas de las partes violenta el tiempo vienen las sanciones.
Finalmente expuso que una cartera de crédito en una institución financiera es una cuenta por cobrar, un activo del establecimiento que tiene el derecho de prescindir vendiéndolo a otra institución, por el desembolso que ha hecho a esa entidad para comprar como métodos de cobros de los bancos.




