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6 de enero 2026
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2 min de lectura Toga

Dictan 30 de prisión a hombre que violó y mató a una niña en San Cristóbal

Deiby Santana Franco “El Pollo” cumplirá la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres

Ilustración: El Nuevo Diario
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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Tribunal Colegiado de San Cristóbal condenó a la pena máxima de 30 años de prisión a un hombre hallado culpable de violar sexualmente y luego asfixiar a una niña de 8 años.

Deiby Santana Franco “El Pollo” cumplirá la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal, señala un comunicado de prensa.

Santana Franco fue arrestado el domingo, 22 de octubre de 2023, alrededor de las 11:03 de la noche, en el municipio Los Cacaos, provincia San Cristóbal.

La víctima había ido a hacer un mandado a un colmado de la zona, lugar donde en ese momento se encontraba el procesado y quien luego de que la niña salió del negocio con destino a su vivienda la persiguió hasta alcanzarla.

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El procesado introdujo a la víctima en unos matorrales, la violó sexualmente y la estranguló.

Después de una intensa búsqueda por parte de familiares, autoridades y miembros de la comunidad, aproximadamente a las 10:00 de la noche del 23 de octubre fue encontrado el cuerpo de la víctima, el cual fue trasladado a un hospital de San Cristóbal.

Posteriormente, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) procedió con la identificación del cadáver.

El fiscal Juan Enmanuel Escoto Hidalgo tuvo a cargo la investigación del caso.

El Ministerio Público, representado en el proceso por el fiscal litigante Daryl Montes de Oca, aportó suficientes pruebas testimoniales, periciales, ilustrativas, documentales y materiales con las cuales probó la acusación presentada contra Santana Franco.

Agrega que los jueces Rosa Edalia Mateo, Ana Inés Susana y Chadalis Rosario, dictaron la sentencia condenatoria al acoger la acusación del Ministerio Público que otorgó al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 295 y 304, párrafo II, del Código Penal de República Dominicana.