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15 de enero 2026
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OpiniónNeyvi TolentinoNeyvi Tolentino

Después del cierre de la Ley de Memoria Democrática: Qué pasará con resoluciones, hijos y cónyuges, y qué caminos euedan para 2026

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RESUMEN

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El 22 de octubre de 2025 se cerró oficialmente la Ley de Memoria Democrática (LMD), dejando atrás casi tres años de historia en los que miles de dominicanos pudieron reclamar la nacionalidad española por sus raíces familiares.

Muchos lograron presentar a tiempo; otros, lamentablemente, no. Pero aunque el plazo haya terminado, el proceso no ha concluido. Ahora comienza una nueva fase: la de las resoluciones, las juras y las oportunidades residenciales y familiaresque seguirán surgiendo en los próximos meses.

¿Qué pasa ahora con los expedientes presentados?

El cierre de la LMD no significa que todo quedó detenido. Los consulados y registros civiles seguirán revisando las solicitudes presentadas dentro del plazo. El tiempo que tarden en resolverse dependerá de cada caso y país, pero puede extenderse desde uno hasta tres años.

Cuando llegue la resolución, el consulado o el registro civil contactará al solicitante para hacer la jura o promesa de nacionalidad española. Ese acto es el paso definitivo: al jurar, se adquiere plenamente la nacionalidad y se puede solicitar el pasaporte y DNI español.

Importante si se va a residir en República Dominicana, mantener la inscripción consular, en el consulado español de su lugar de residencia.

¿Hay que vivir en España para conservar el pasaporte?

No. Las personas que obtengan nacionalidad por la LMD no están obligadas a vivir en España para mantener su derecho. Pueden residir en República Dominicana o en cualquier otro país, siempre que conserven sus documentos en vigor y mantengan vínculos reales.

Eso sí: una vez otorgada la nacionalidad, el pasaporte debe renovarse cada cinco años si se reside fuera de España, y cada diez si se vive dentro del país.

¿Qué pasa con los hijos menores de edad?

Si el padre o madre obtiene nacionalidad española por la LMD, los hijos menores de 18 años tienen derecho a solicitar la nacionalidad española por opción, aunque ya haya cerrado el plazo de la ley.

Esto se puede hacer:

● Desde el consulado de España en República Dominicana, si los hijos residen allí.
● O desde un registro civil español, si ya viven en España.

Es un derecho derivado directo: mientras el progenitor sea español, el hijo menor puede optar a la nacionalidad, sin importar la fecha del cierre.

¿Y qué sucede con el cónyuge o pareja del nuevo ciudadano español?

El cónyuge o pareja de una persona que haya obtenido nacionalidad por la LMD puede solicitar residencia en España como familiar de ciudadano español. Ese visado le permitirá vivir y trabajar legalmente en España, y tras un año de residencia continuada, podrá también solicitar la nacionalidad española por residencia, como cónyuge de español.

En otras palabras, aunque la LMD haya cerrado, las familias no quedan excluidas: los vínculos de los nuevos españoles pueden generar nuevos derechos migratorios.

¿Y qué opciones hay para los que no alcanzaron a presentar?

Para quienes quedaron fuera del plazo, no todo está perdido. Aún existen vías legales para residir en España o incluso acceder a la nacionalidad a mediano plazo.

1. Residencia por estudios

Una de las más accesibles y recomendadas. Permite vivir en España mientras se cursa una formación oficial con estancia de estudios, trabajar hasta 30 horas semanales y traer a la familia acompañante.

Después de dos años de residencia legal, el ciudadano dominicano puede solicitar la nacionalidad española por residencia, gracias al convenio entre ambos países.

2. Residencia no lucrativa o por medios económicos

Ideal para personas con ingresos estables, rentas o pensiones que quieran residir sin trabajar.

3. Arraigo familiar, social o formativo (solo si ya estás en España)

Estas figuras permiten regularizarse si se tienen vínculos familiares, oferta de contrato laboral o se está cursando una formación oficial.

4. Visado de familiar de español (permiso de salto)

Para hijos mayores, padres o cónyuges de ciudadanos españoles. Ofrece residencia de cinco años con derecho a trabajar, sin pasar por un régimen comunitario.

El caso de los nietos y los nuevos escenarios

Si algún nieto o descendiente de español vive ya en España y cuenta con residencia legal de al menos un año, podrá en el futuro solicitar la nacionalidad española por residencia, aunque no haya podido hacerlo bajo la LMD.
Esa vía aunque más lenta, mantiene viva la posibilidad de que la tercera generación también alcance el reconocimiento de su origen.

Qué esperar de aquí en adelante

Durante 2026 se espera que el Gobierno español:

● Resuelva la mayoría de los expedientes pendientes de la LMD.
● Avance en la digitalización del proceso de nacionalidad por residencia.
● Publique un nuevo reglamento complementarioque regule mejor los casos derivados, especialmente los de hijos menores y cónyuges.

El cierre de la LMD no significa el final del derecho, sino el comienzo de una nueva etapa de reconocimiento y transición.

Reflexión final

La Ley de Memoria Democrática cumplió un propósito profundo: devolver identidad y reconocimiento a miles de familias que un día fueron parte de España.

Vendrán resoluciones, juras y nuevos pasaportes que unirán a generaciones de dominicanos con sus raíces españolas. Y para quienes no alcanzaron a presentar, aún quedan caminos reales: estudiar, residir, trabajar o invertir para construir un futuro legal y estable.

Porque más allá de las fechas, el vínculo entre España y República Dominicana sigue vivo, y con él, la posibilidad de seguir escribiendo historias familiares sin fronteras.


Por Neyvi Tolentino
Abogada migratoria en España

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