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23 de enero 2026
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6 min de lectura Economía

Decreto de la Johnson implica apertura ilimitada ante la inversión extranjera

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RESUMEN

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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – La aprobación de la instalación de la transnacional Johnson y Johnson parece indicar el inicio de una escalada de inversiones extranjeras dirigidas al mercado nacional. Esta decisión respondería a un acuerdo en las «alturas’ entre el Gobierno y el Consejo Nacional de Hombres de Empresas. Además, puede ser el primer paso en una estrategia de apertura ilimitada al capital extranjero que fue posiblemente la propuesta más importante que hiciera el Fondo Monetario Internacional al Gobierno en su reciente visita, y ya fue sugerida por el Banco Mundial en su documento sobre la función del sector privado en las economías del Caribe.

La Johnson and Johnson ha sido autorizada a instalarse en el país bajo los «incentivos» de la clasificación C de la ley de Incentivos y Protección Industrial mediante decreto 2410 del presidente Guzmán de fecha 7 del mes en curso.

La emisión del referido decreto que autoriza la operación de la empresa, marca el inicio de una nueva política frente al capital extranjero de parte del gobierno Guzmán-PRD.

La aprobación de la instalación se acoge a una resolución (84-81-C) del Directorio de Desarrollo Industrial de fecha 11 de marzo que sugirió la aprobación de la instalación. La Johnson había presentado una solicitud registrada el 9 de julio de 1980, para ser clasificada en la categoría «C’ en base a la ley 299.

Resumen diario de noticias

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La transnacional -una de las más grandes del mundo en esta rama- realizaba gestiones desde hace varios años en el país. La línea de productos cosméticos y de higiene personal que produce es representada en el país por una empresa comercial desde hace más de 30 años.

Al aprobar la instalación el Directorio Desarrollo Industrial organismo encargado de la aplicación de la ley 299 de Incentivo Industrial, entra en contradicción con los lineamientos de la ley la cual no contempla la inclusión para la categoría «C» de empresas extranjeras, que deben acogerse a la clasificación «A» para zonas francas de exportación.

Desde hace algún tiempo sectores representativos del capital extranjero en el país habían venido presionando en el sentido de favorecer a las empresas de capital extranjero con los beneficios de la ley 299. Estas sugerencias están contenidas en el documento del Banco Mundial sobre la función del Sector Privado en las economías del Caribe y centroamericanas, discutido recientemente en el país.

La resistencia a la modificación de la ley por parte del sector empresarial ha sido ratificada ahora mediante el nuevo decreto con ampliaciones que le confieren mayor alcance y vigencia. Otro de los aspectos en discusión se refiere a la legislación minera, considerada por los inversionistas extranjeros como restrictiva. Así como también, la limitación de repatriación del capital extranjero un 18%.

La aprobación de la Johnson podría servir de base para una escalada de capital extranjero hacia el mercado interior en busca de un control directo del proceso de acumulación de capitales. Esta penetración «hacia adentro” se complementaría con la operación “hacia fuera” a través de las zonas francas agrícolas de exportación amparada en la ley 69 de Incentivo a las Exportaciones.

La crisis estructural y las limitaciones a la reproducción ampliada del capital, derivadas del virtual agotamiento de los patrones de acumulación de capital, para recen en descansar esencialmente en la deuda extranjera y en el capital extranjero.

DIRECTOR DE DESARROLLO INDUSTRIAL

El Directorio del Desarrollo Industrial, es un organismo compuesto por el secretario de Industria y Comercio, el secretario Técnico de la presidencia, el secretario de Finanzas y el Director de la Corporación de Fomento Industrial por el sector público. Por el sector privado se encuentran representados la Asociación de Industrias, el Consejo Nacional de Hombres de Empresas, la Cámara de Comercio del Distrito Nacional y la Cámara de Comercio de Santiago.

En términos generales, el peso del sector empresarial se considera esencial dentro del Directorio, siendo su votación de importancia.

… «Si el voto hubiese sido negativo arriesgaría nuevamente la unidad del sector empresarial al poderse ocasionar una posible escisión en el seno del CHE» fue una de las explicaciones planteadas por la comisión de Investigaciones Extranjeras del Consejo Nacional de Hombres de Empresa (CNHE) sobre la aprobación por parte del director de la referida empresa.

La Asociación de Fabricantes de Productos Químicos y Cosméticos, compuesta por más de 30 firmas había venido presionando ante la opinión pública con el obietivo de rechazar la propuesta de la multinacional.

Según sus afirmaciones existe un exceso de capacidad instalada en el país, para la rama de cosméticos y productos de higiene personal.

El propio Directorio de Desarrollo Industrial en fecha 27 de mayo de 1975 dictó una resolución mediante la cual desestimaba la inclusión de nuevas empresas en esta rama.

La argumentación central de dicha resolución se basaba en que el mercado estaba en vías de saturación, dada la cantidad de firmas productoras de estas mercancías.

Sin embargo, esta resolución no ha sido cumplida cabalmente, aprobándose nuevas empresas para su instalación. Al mismo tiempo que se rechazaban otras. Esta ambigüedad, que refleja las diferencias intergrupales es utilizada por el Directoria como una de sus argumentaciones centrales.

por su parte el secretario de Industria y Comercio, al ser cuestionado por los periodistas con motivo de interpelación en el Senado, propuesta por el doctor Jorge Blanco refirió:

La instalación de Johnson and Johnson procede en cuanto se enmarca dentro del objetivo del gobierno de propiciar un mayor clima para inversión extranjera en el país. La desaprobación por parte del gobierno desincentivaría en grado imprevisible el clima de inversión extranjera en nuestro país”.

AUMENTARIA EL GRADO DE MONOPOLIO

La penetración de esta empresa de capital monopólico en el mercado local, en una de las pocas ramas competitivas, podría ser un paso seguro a la monopolización de la Johnson and Johnson del mercado local, desplazando gran parte de las empresas a la quiebra.

La superioridad tecnológica de la empresa (mayor productividad dentro de la rama), le permitiría obtener ganancias extraordinarias (rentas) vía bajos costos y por lo tanto, bajos precios que ningún otro productor puede superar. Mecanismo que produce la quiebra de las empresas de menor productividad.

La instalación de esta transnacional aumentaría significativamente el grado de monopolio del mercado local. La estructura industrial dominicana es en gran medida de carácter monopólico u oligopólica, es decir, que una o varias empresas controlan el mercado, lo cual les permite fijar los precios a su antojo.

Una mayor «apertura» al capital extranjero es una de las propuestas más importantes que hiciera el Fondo Monetario internacional al gobierno en su reciente visita al país. Momentos después de la visita del Fondo se recibió en el Palacio Nacional una misión de la «Texas Instruments», una de las transnacionales de mayor significación en el mundo, para ofrecer sus servicios en la explotación petrolera a de la plataforma marina.

La subordinación del capital industrial financiero del capital extranjero, se pro indiza a través de los lazos de dependen a de la estructura industrial de maquina as, materias primas y marcas de fábrica extranjeras contenida en la Ley 299 de “Incentivo” Industrial.  Así como también, de la participación decisiva de banca extranjera en la banca del país.

Por Lucas Vicens

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