ENVÍA TUS DENUNCIAS 829-917-7231 / 809-866-3480
2 de marzo 2026
logo
OpiniónPablo UlloaPablo Ulloa

Cuando el voltaje vulnera derechos

COMPARTIR:

RESUMEN

Analizando noticia... por favor espera.

En Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, durante un Diálogo en tu Comunidad por el Bien Común, varios residentes describieron una situación que se había vuelto parte de su vida diaria: el voltaje eléctrico entraba con niveles inestables y elevados, provocando daños en neveras, televisores, bombas de agua y otros electrodomésticos esenciales. Cada fluctuación representaba pérdidas económicas para familias que no siempre podían reponer lo dañado.

Lo que parecía un problema técnico estaba afectando directamente a casi 9,800 personas y, de manera indirecta, a más de 33,000 ciudadanos en sectores vecinos. En total, más de 42,000 personas vivían bajo un riesgo constante que comprometía la estabilidad de sus hogares.

La incidencia fue registrada en el Sistema M158 como una prioridad vinculada al artículo 147 de la Constitución Dominicana, que establece que el Estado debe garantizar servicios públicos de calidad, eficiencia y continuidad. El servicio eléctrico no es accesorio: es condición para la conservación de alimentos, el acceso al agua, la seguridad del hogar y el funcionamiento de pequeños negocios familiares.

A partir de ese registro, se activó la gestión correspondiente con la empresa distribuidora responsable. Se revisaron transformadores, se ajustaron líneas críticas y se corrigieron puntos de sobrecarga que estaban provocando daños recurrentes. El proceso incluyó coordinación técnica, seguimiento y verificación en territorio.

Semanas después, los residentes confirmaron la estabilización del servicio. Los electrodomésticos dejaron de dañarse, las bombas de agua operaron con normalidad y la comunidad recuperó la tranquilidad de utilizar sus equipos sin temor a perder el esfuerzo acumulado durante años. El impacto no se mide únicamente en luces encendidas, sino en protección del patrimonio familiar y estabilidad económica.

Garantizar servicios públicos eficientes no es una consigna administrativa; es un mandato constitucional. Cuando un servicio esencial se estabiliza, se reduce la vulnerabilidad económica y se fortalece la confianza ciudadana.

Cuando la comunidad identifica una falla estructural y el Estado responde con método, coordinación y responsabilidad, el derecho deja de ser una declaración abstracta y se convierte en experiencia concreta.

Eso es lo que significa que el Estado funcione para la gente.


Por Pablo Ulloa

Comenta