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23 de enero 2026
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OpiniónJosé Manuel JerezJosé Manuel Jerez

Consejo Consultivo, Dirección Política y eficacia deliberativa en la Fuerza del Pueblo

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RESUMEN

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La ampliación significativa de la Dirección Política de la Fuerza del Pueblo, que hoy alcanza una membresía cercana a los ochenta y cuatro integrantes, plantea un desafío real a la eficacia deliberativa y a la racionalidad en la toma de decisiones. La ciencia política, la teoría de la organización y la experiencia comparada coinciden en que, a partir de cierto umbral numérico, los órganos colegiados tienden a perder capacidad de debate sustantivo y a convertir la deliberación en un acto meramente formal.

Este fenómeno no es exclusivo de la Fuerza del Pueblo. Se presenta de manera recurrente en partidos políticos de gran tamaño, donde la expansión de los órganos directivos responde más a lógicas de representación interna y equilibrio de fuerzas que a criterios de eficiencia decisional. El resultado suele ser un desplazamiento del debate real hacia espacios informales, paralelos o ad hoc, carentes de institucionalización y control orgánico.

En este contexto, el Consejo Consultivo Nacional adquiere una relevancia estratégica que hasta ahora no ha sido plenamente explotada. Tanto el Estatuto del partido como su Reglamento lo conciben como un órgano de consulta, reflexión, investigación y apoyo estratégico al liderazgo y a los órganos de dirección política.

Que sus decisiones no tengan carácter vinculante no debe interpretarse como un signo de debilidad institucional. Por el contrario, su naturaleza consultiva lo posiciona como un espacio idóneo para la elaboración técnica, la reflexión estratégica y la construcción de consensos previos a la toma de decisiones formales.

El propio diseño orgánico del Consejo Consultivo prevé una estructura interna especialmente funcional: la Junta Rectora. Este órgano reducido, integrado por la Presidencia del partido, la coordinación general y representantes estratégicos, concentra funciones de articulación, supervisión y tramitación de propuestas, configurándose como un verdadero núcleo deliberativo de alto nivel.

Desde una perspectiva político-jurídica, la Junta Rectora puede operar legítimamente como un “petit comité” deliberativo, sin necesidad de reformas estatutarias ni reglamentarias. Su función consistiría en procesar, sintetizar y estructurar las propuestas surgidas de los observatorios y del propio Consejo Consultivo, elevándolas a la Dirección Política para su discusión y eventual ratificación.

Este esquema respeta plenamente el principio de democracia interna consagrado en la Constitución y en la Ley de Partidos, al tiempo que introduce racionalidad, coherencia y eficiencia en el proceso decisional. La Dirección Política conserva intacta su competencia decisoria, pero se beneficia de insumos previamente elaborados con criterio técnico y visión estratégica.

La experiencia comparada demuestra que los partidos políticos más eficaces combinan órganos amplios de legitimación con núcleos reducidos de deliberación sustantiva. La Fuerza del Pueblo cuenta ya con las herramientas normativas para avanzar en esa dirección; lo que se requiere es voluntad política y activación real de los órganos existentes.

En definitiva, más que crear nuevas instancias, el desafío consiste en hacer funcionar inteligentemente las ya existentes. El Consejo Consultivo Nacional y su Junta Rectora pueden convertirse en el espacio donde se piense estratégicamente el partido, fortaleciendo la calidad de la deliberación interna y, con ello, la credibilidad externa de la organización.


Por José Manuel Jerez

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