RESUMEN
EL NUEVO DIARIO, SAN CRISTÓBAL. – El Tribunal Colegiado de San Cristóbal condenó a 20 y 30 años de prisión, a dos hombres que provocaron la muerte a una profesora durante un asalto ocurrido en el año 2023, en el sector Lavapiés, de esta localidad.
De acuerdo con un comunicado, el referido tribunal impuso 30 años de prisión a Joel Bens y 20 a José Manuel Javier Martínez, por provocar la muerte a causa de herida de arma de fuego a la profesora Yesenia Koraima Rodríguez Suárez y heridas a su pareja Engels Enmanuel Catano Medrano.
Señala, que Rodríguez Suárez falleció en un centro de salud cuando recibía atenciones médicas, mientras que Catano Medrano, según un certificado médico legal, resultó con trauma contuso, edema leve y equimosis en región subordinaria derecha, así como con traumas con heridas pequeñas no suturadas en cadera derecha, los pies y las manos.
Sobre el caso, el Ministerio Público detalla en el expediente acusatorio que ocurrió el 6 de junio de 2023 aproximadamente a la 1:00 de la madrugada, en momentos en que la occisa se desplazaba por el lugar en compañía de su pareja Catano Medrano y otra joven, cuyo nombre se omite para proteger su identidad.
Explica que las víctimas fueron interceptadas por Bens y Javier Martínez, quienes se desplazaban a bordo de una motocicleta marca Loncin, portando un arma de fuego.
En ese orden indica la acusación, que Joel Bens se desmontó de la motocicleta y exigió a las víctimas que le entregaran todo y al estas decirles que no llevaban nada, se originó un forcejeo entre el procesado y Catano Medrano, este último resultando herido.
La fiscal Aurelina Cuevas Román tuvo a cargo las investigaciones del caso y también representó al Ministerio Público en la litigación junto a Wendy María Martínez Garabitos, logrando la sentencia condenatoria dictada por el tribunal, integrado por los jueces Ana Inés Susana, Chadalis Rosario y Biulkys Milanés.
La sentencia, que deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal, fue impuesta por la violación de los artículos 333-II, del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, y los artículos 2, 265, 266, 267, 295, 296, 297, 298, 299, 300, 301, 302, 303, 304, 379, 380, 381, 382, 383, 384, 385 y 386 de dicho código.




