RESUMEN
«Cuando un Ayuntamiento compra en su comunidad, no solo adquiere bienes y servicios: decide si impulsa el talento local o si deja pasar la oportunidad de transformar su territorio».
La Ley núm. 47-25 de Compras y Contrataciones Públicas abrió una puerta inédita para que los gobiernos locales utilicen el poder de compra como herramienta de desarrollo económico y social. Por primera vez, la normativa reconoce a la economía naranja (las industrias culturales, creativas y digitales), como un sector con derecho a acceder en condiciones preferentes al mercado público.
Esta novedad se sustenta en la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 (Ley 1-12), que coloca la cultura y la innovación en el centro del crecimiento sostenible, y en la Ley 176-07 de los Municipios, que faculta a los ayuntamientos a promover desarrollo económico local. A ello se suma un marco jurídico robusto: la Ley 65-00 de Derecho de Autor, la Ley 108-10 de Fomento a la Actividad Cinematográfica y la Ley 340-19 de Mecenazgo Cultural, que apuntalan la economía creativa dominicana.
Proyectos creativos que pueden impulsar los ayuntamientos
La Ley 47-25, con sus modalidades de contratación simplificada, anticipos de hasta un 30 % y cuotas reservadas, permite que los cabildos contraten proyectos que generan identidad, cohesión social y empleo local. Algunos ejemplos:
– Festivales comunitarios de música, teatro y gastronomía, organizados por colectivos culturales del municipio.
– Murales y arte urbano con participación de jóvenes y mujeres artistas.
– Producciones audiovisuales para preservar memoria histórica o promover la ciudad, contratando a productoras locales.
– Señalética cultural y marca-ciudad, a cargo de diseñadores y comunicadores visuales de la comunidad.
– Ferias artesanales y rutas de turismo creativo, que integren gastronomía, artesanía y música típica.
– Laboratorios de innovación ciudadana, donde creativos digitales diseñen aplicaciones o soluciones para la gestión municipal.
Cuotas reservadas e inclusión social
El artículo 22 de la Ley 47-25 establece reservas de participación: 10 % para MIPYMES lideradas por mujeres, 5 % para jóvenes y 5 % para cooperativas. Estas cuotas, aplicadas a la economía naranja, permiten que diseñadoras, emprendedores culturales y colectivos comunitarios accedan de manera real a contratos públicos.
A nivel regional, la Ley Naranja de Colombia (1834-17) y programas del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en el Caribe muestran que las industrias creativas pueden convertirse en motores de desarrollo. La República Dominicana tiene ahora, a través de sus Ayuntamientos, la posibilidad de aterrizar estas políticas a nivel barrial.
Las compras municipales con impacto creativo son una de las grandes oportunidades de la nueva Ley de Compras. Cada mural, festival o producción cultural contratado por una Alcaldía es mucho más que un gasto: es inversión en identidad, cohesión social y dinamismo económico.
El reto político y jurídico es claro: que las alcaldías entiendan que comprar cultura es comprar desarrollo. De cómo se implementen estas disposiciones dependerá que la economía naranja deje de ser un concepto aspiracional y se convierta en un motor real de progreso en los barrios y comunidades.
POR YULIBELYS WANDELPOOL
*La autora es abogada, especialista en Derecho Administrativo y compras públicas.
