RESUMEN
EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) dispuesto este miércoles la digitalización de los formularios de solicitud de subsidios por enfermedad común, maternidad y lactancia, con el objetivo de agilizar los procesos, reducir los tiempos de respuesta y facilitar el acceso de los afiliados a estos beneficios.
«La medida busca modernizar la entidad, promoviendo eficiencia, transparencia y comodidad en la gestión de trámites», según informó la gerente general del CNSS, Aura Celeste Fernández Rodríguez, mediante un comunicado de prensa.
Señaló que las certificaciones médicas y los datos requeridos podrán cargarse directamente en la plataforma digital de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), sustituyendo la documentación física, aunque la notificación inicial del trabajador podrá realizarse por cualquier medio.
Añade que la resolución número 631-07 elimina la obligación de imprimir el formulario y establece que se complete de manera digital, como parte del proceso de modernización y simplificación de los trámites.
El nuevo formulario digital permitirá modificar la persona designada para recibir el subsidio en caso de fallecimiento de la afiliada, garantizando la protección y continuidad del derecho. Además, amplía los beneficiarios, incorporando a todos los posibles responsables legales del menor:
- La persona designada por la madre.
- El tutor designado por el Consejo de Familia.
- La persona que tenga la guarda otorgada mediante sentencia judicial, conforme a la Ley 136-03.
En ese sentido, aclaró que el tope de diez (10) salarios mínimos se aplica a cada cuota mensual del subsidio, y no al monto total acumulado.
Además, la resolución define la Enfermedad Común como cualquier alteración de la salud que no sea enfermedad profesional o derivada de accidentes laborales.
El Subsidio por Maternidad es el pago a la trabajadora afiliada al Régimen Contributivo equivalente a catorce (14) semanas de salario cotizable, hasta el tope del monto cotizable para el Seguro Familiar de Salud, durante el período de Descanso por Maternidad.
El Subsidio por Lactancia es el pago a las trabajadoras afiliadas al Régimen Contributivo, por hijos nacidos vivos, siempre que perciban un salario menor o igual a tres (3) salarios mínimos nacionales.
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