ENVÍA TUS DENUNCIAS 829-917-7231 / 809-866-3480
1 de enero 2026
logo
2 min de lectura Nacionales

Cesantía, único beneficio contemplado para el empleado en la reforma laboral

«Lo único que beneficia a los trabajadores es el derecho que habían obtenido, que es la cesantía»

Dagoberto Rodríguez Adames (Foto: El Nuevo Diario)
Compartir:

EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La cesantía es el único beneficio garantizado que tendrán los empleados en la reforma laboral que se discute en el Congreso, así lo señaló el senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Dagoberto Rodríguez.

Rodríguez declaró que la iniciativa conformada por más de 700 artículos y que ya fue aprobada en primera lectura en el Senado favorece casi en su totalidad al sector empresarial, contrario a lo que denuncian.

«Ahí lo único que beneficia a los trabajadores es el derecho que habían obtenido, que es la cesantía», subrayó el representante de la provincia Independencia.

Enfatizó en que el nuevo Código de Trabajo beneficiará tanto a los empresarios que estos terminarán dándole «las gracias al Senado y a los diputados».

Resumen diario de noticias

Recibe en tu correo las noticias más importantes del día

Asimismo, agregó que, pese a que la normativa de ley viene a mejorar considerablemente las condiciones de los emprendedores, el sector empresarial sigue insistiendo en que se elimine la cesantía a la clase trabajadora.

Hace dos semanas fue aprobado en primera lectura este proyecto de ley que fue sometido en agosto por el Poder Ejecutivo y que inmediatamente provocó el rechazo de los empresarios.

A través de un comunicado, este sector expresó su desacuerdo con la pieza aprobada sin destacar cuáles artículos específicamente son los que representan riesgos para ellos.

Pese a este desacuerdo, Dagoberto aseguró que por lo menos en la Cámara Alta antes del 26 será aprobada la pieza legislativa.

Sin embargo, diputados sostuvieron que estos 12 días que le queda a la legislatura ordinaria no serán suficientes para convertir y modernizar la Ley 16-92 del Código de Trabajo de República Dominicana.