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19 de enero 2026
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Auditoría revela sobregiros y cuentas pendientes por RD$516 MM en CEA entre 2016 y 2018

Ilustracion: El Nuevo Diario
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RESUMEN

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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – La Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) emitió un informe de auditoría sobre los estados financieros del Consejo Estatal del Azúcar (CEA) correspondiente al período comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2018, durante la gestión del expresidente Danilo Medina, en el que se detectaron múltiples incidencias de inobservancia a normativas que afectan la administración de los recursos institucionales.

Los resultados arrojaron  más de RD$516 millones en inconsistencias contables fueron detectados en los estados financieros de la entidad. El dictamen de los auditores refleja salvedades en los estados financieros presentados por el CEA, incluyendo el balance general y de resultados debido a diferencias y faltantes en registros contables.

Entre las principales presuntas irregularidades se destacan: un desfase de RD$8,832,264 en el saldo de caja general versus el efectivo reportado en Tesorería; un saldo negativo de RD$85,330,614 en la cuenta auxiliar de inversiones en ingenios y divisiones; cuentas por cobrar a la Tesorería Nacional por RD$275,000,000 sin documentación soporte; y un sobregiro por pagar de RD$147,282,203 sin evidencia de los documentos de origen.

La CCRD recomendó varias medidas de corrección para fortalecer la gestión financiera y administrativa del CEA, entre ellas: indagar el origen de los saldos inconsistentes, sanear las cuentas y conciliarlas con los reportes de Tesorería; garantizar registros contables adecuados y fundamentados en transacciones reales; detener la emisión de cheques sin disponibilidad suficiente; y elaborar un plan de acción correctivo dentro de 25 días calendario para implementar controles efectivos sobre los recursos.

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El informe recuerda que estas medidas son de cumplimiento obligatorio y que su aplicación será verificada por la Cámara de Cuentas y otras entidades competentes, según lo establecido en la Ley 18-24.