EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La aspirante a miembro del Tribunal Constitucional (TC), Aracelis Altagracia Fernández Estrella, consideró este viernes que las acciones tomadas por el Gobierno dominicano no ha sido suficientes ante la construcción de un canal sobre el río Masacre que pretende desviar el agua hacia Haití, lo cual ha generado un conflicto entre ambas naciones.
Al ser entrevistada por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), la abogada sostuvo que la actual situación es “complicada” por las deficiencias institucionales de Haití y porque esa nación no respeta los derechos y principios que rigen las relaciones internacionales en el ámbito concreto del medio ambiente.
“El estado haitiano sin ninguna notificación previa comienza a hacer unas actividades en desmedro de los derechos que tenemos los dominicanos para hacer usos de este recurso natural que compartimos. Yo pienso que desde el Gobierno se ha hecho lo que se tenía que hacer en el sentido de pedir a través de los mecanismos que establecen los propios convenios al estado haitiano que tome acción, pero esto no ha sido suficiente”, manifestó.
Para la letrada lo que se debe de hacer es agotar todos las vías que establece el ordenamiento jurídico, como el diálogo y la intervención de la comunidad internacional.
Previo a esa declaración, la también investigadora del Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional, destacó que durante estos 12 primeros años la labor jurisdiccional de la alta corte se ha destacado por la protección de derechos fundamentales que son de “especial trascendencia” en materia de transparencia, de protección del derecho de la igualdad, derechos de los niños y envejecientes, así como el derecho a la propiedad, a libertad de la empresa y su importancia para el desarrollo económico de los países, derecho a un medio ambiente, entre otros.
En ese sentido, detalló que algunas de las sentencias trascendentales emitida por el TC sobre esos derechos, como la sentencia en favor de medio ambiente 167-13, a través de la cuales se ordena el cese o paralización definitiva de las actividades de exploración y explotación en Loma Miranda; la sentencia que prohibía el asentamiento de un aserradero en el Parque Nacional de Valle Nuevo; medidas que prohíbe la contaminación acústica y otra que ordenaba la cese de una ebanistería ubicada en una zona urbana, entre otras.
“El derecho a la empresa es muy importante, pero si no tenemos recursos naturales, si no tenemos agua, pues entonces, es un poco difícil conseguir ese desarrollo económico que nos proponemos en el país”, enfatizó Fernández Estrella.
En materia de igualdad y equidad de género señaló que el TC asumió el test C-104-16 creado por la Corte Constitucional Colombiana; la sentencia TC/0012/12 que reconoce el derecho a la pensión por sobrevivencia a la señora Laureana del Villar y la 104/20 declara que el cálculo del 40/60 para la nominaciones de los cargos de diputados, regidores y vocales debe de hacerse sobre la base de la demarcación territorial y no sobre la base de la división nacional.




