EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- El Senado aprobó este miércoles en segunda lectura un proyecto de ley que modifica varios artículos de la ley 86-00 y que busca penalizar a los colegios privados que aumenten sus tarifas de reinscripción o mensualidad sin autorización del Ministerio de Educación.
La iniciativa presentada por el senador Héctor Acosta establece que el Ministerio de Educación deberá fijar las tarifas que cobran los colegios por matriculación, rematriculación y colegiaturas.
En ese sentido, también se dispone que la escala tarifaria sea revisada cada tres años o cuando un colegio presente presupuestos que demuestren nuevas inversiones y transformaciones en uno o varios componentes de la escala con el fin de su reclasificación.
En el artículo seis del proyecto, se explica que cualquier aumento en las tarifas establecidas sólo podrá ser autorizado por el Ministerio de Educación, en función del alza comprobada de los costos.
Es por esto que el nuevo proyecto de ley dispone que cualquier violación a la escala de tarifas ya impuesta será sancionada con multas entre tres y 15 salarios mínimos y la revocación inmediata del aumento no autorizado.
Si se produce reincidencia en el aumento de las tarifas en los colegios, el centro infractor será sancionado con el doble de la multa y podrá ser suspendido de forma temporal o definitiva su licencia o permiso para operar.
Al momento de ser sometida en el Senado, la ley contó con una votación unánime de todos los presentes y de inmediato fue enviada a la Cámara de Diputados para su última autorización.




