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24 de marzo 2026
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2 min de lectura Nacionales

Aprueban en segunda lectura proyecto obliga realizar pruebas ADN para incluir en acta a padres no reconocen hijos

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RESUMEN

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EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- Los senadores aprobaron este martes en segunda lectura un proyecto de ley de paternidad responsable que obliga a un juez de paz a ordenar pruebas de ADN para los padres que no deseen reconocer legalmente a sus hijos y que, en consecuencia, éstos sean incluidos en el acta de nacimiento de sus descendientes.

El proyecto de ley es autoría del senador Dionis Sánchez, representante de Pedernales y vocero de la Fuerza del Pueblo. En la iniciativa aprobada este martes se establece que cuando el padre no reconoce voluntariamente a su hijo, pero después es citado por la justicia y cambia su decisión, el juez de paz hará consignar su declaración en un acta.

En cambio, si el padre no desea reconocer a su hijo, se ordenará una prueba de ADN, pagada por el presunto padre, y en caso de que resulte resulta positiva, de inmediato el juez de paz ordenará al Oficial del Estado Civil el registro y anotación del padre en el acta de nacimiento del hijo.

Según el proyecto aprobado, una vez se incluya el nombre del padre en el acta de nacimiento del hijo, en caso de los padres del descendiente no convivan juntos, el juez celebrará una audiencia para decidir sobre la guarda, obligación alimentaria y régimen de visitas.

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En caso de acuerdo, el juez dictará sentencia al respecto y en caso de desacuerdo, fijará otra audiencia en un plazo no mayor de cinco días y en la que participará el Ministerio Público y un representante del Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia (Conani).

El objetivo primordial de este proyecto de ley es establecer un procedimiento judicial a seguir para que los oficiales de Estado Civil registren en las actas de nacimiento tanto a la madre como al padre del hijo, y así evitar que los dominicanos nacidos tengan un solo apellido.

Según el legislador, sin esta ley se pudieran identificar riesgos mayores en los hijos no reconocidos por el padre de disfrutar de sus derechos que, a su vez, impiden que éstos reciban manutención digna, educación, vida plena y recibimiento de herencias que les corresponden por derecho.

Asimismo, el legislador deplora que las documentaciones dominicanas vigentes no facultan a los funcionarios del Estado dominicano a prestar asistencia ni colaborar para que la madre soltera logre la declaratoria de paternidad y su registro en el acta de nacimiento.