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29 de diciembre 2025
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OpiniónNelson J MedinaNelson J Medina

Alternancia en la diplomacia

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El artículo 55 de la Ley Orgánica 630-16, del Mirex, expone la alternancia como un elemento sine qua non en la diplomacia dominicana. Este se fundamenta en la posibilidad de permanencia de aquellos colaboradores dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores y el servicio exterior. Es decir, el tiempo base por el cual los miembros de la carrera diplomática estarán destinados a sus respectivos puestos.

El principio de alternancia nace con la finalidad de institucionalizar nuestro servicio exterior. Además, de mantener estabilidad y coherencia sobre los colaboradores que también prestan sus servicios dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores. Eso, por supuesto, porque la costumbre que inició el criterio de oportunidad para ir a representar el país en el servicio exterior fue durante 40 años propensa al clientelismo. Tal práctica, concitó una decadencia notoria no solamente del servicio diplomático dominicano sino, también, de la imagen institucional del Estado.

De manera que, posterior a la promulgación de Ley 630-16 y sus respectivos reglamentos, hubo una reestructuración del proceso de carrera diplomática en sí. Sin embargo, pereció el interés de aplicar tales ordenamientos jurídicos por asuntos enteramente burocráticos o políticos, hasta la gestión iniciada en el 2020.

En efecto, el artículo 83 de la Ley 630-16 y, el reglamento de carrera diplomática 46-19, en su artículo 56, plantean el límite de tiempo que ocupará un funcionario designado en el servicio exterior. Colocando un plazo no mayor de cinco años para los funcionarios en ejercicio continuo en el exterior. Y dos años mínimo cumpliendo funciones en la Cancillería luego de su retorno. Esto verdaderamente permite mantener la conexión cultural, social y, hasta en cierto grado, institucional por parte de los miembros de la carrera diplomática. Igualmente, facilita continuar los esfuerzos por expandir las habilidades académicas y profesionales de los colaboradores.

Si bien es cierto que durante los últimos 20 años las relaciones internacionales de la República Dominicana se aperturaron masivamente, no menos cierto es reconocer que el sistema de escalafón diplomático se degradó. Incurriendo en prácticas que evitaron consumar un profesionalismo diplomático y criterio de transparencia institucional efectivo aun después de haber conseguido las normativas vigentes.

Promover la alternancia es sinónimo de actuar con sentido de justicia. También, con apego a los niveles óptimos de transparencia. El mayor indicador de que nuestro sistema diplomático de carrera se encuentra en auge será la aplicabilidad sostenida de los principios establecidos en la Ley orgánica y sus respectivos reglamentos. Tanto la alternancia como la rotación son elementos distintivos de un esquema diplomático funcional.

En definitiva, la diplomacia sin alternancia es igual a la política sin partidos. Es un elemento esencial para el desenvolvimiento adecuado de todo servicio diplomático.

Ojalá, su ejecución sea indetenible.

Por: Nelson J. Medina.

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